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Resolución Nº8/18

Resolución Nº 8/18

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 05/02/2018

Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales la firma Lorenzetti, Fernando Gustavo, solicita se le otorgue el Certificado de Aptitud Ambiental, respecto de su establecimiento ubicado en calle Bolivia Nº 2398, de Bahía Blanca, cuyo rubro es “Construcción de alacenas, bajo mesadas y amoblamiento para el hogar” clasificado de Primera Categoría, según Disposición Nº 1022/16 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, de acuerdo con la legislación vigente, Decreto Nº 1741/96, Reglamentario de la Ley Nº 11459; y, Considerando:

Que, de acuerdo con el informe emitido por el Departamento Saneamiento Ambiental a fs. 127 y 128, el establecimiento cumple con las disposiciones de la Ley Nº 11459, su Decreto Reglamentario Nº 1741/96 y con las ordenanzas municipales vigentes.

Atento a lo expuesto, a la Resolución Municipal Nº 2-134/1996 y en tanto se mantengan las condiciones actuales, elSECRETARIO DE GOBIERNO en uso de las facultades que le confiere el Artículo 182º de la Ley Orgánica de las Municipalidades:

R E S U E L V E

PRIMERO: Otorgar el Certificado de Aptitud Ambiental al establecimiento propiedad de la firma Lorenzetti, Fernando Gustavo,cuyo rubro es “Construcción de alacenas, bajo mesadas y amoblamiento para el hogar” clasificado como de Primera Categoría, ubicado en calle Bolivia Nº 2398, de Bahía Blanca, de conformidad con lo prescripto por la Ley Nº 11459, registrándose bajo el Nº 347.

SEGUNDO: La validez del Certificado de Aptitud Ambiental será de dos (2) años, conforme lo dispuesto por el artículo 11º de la Ley Nº 11459.-

TERCERO: La firma mencionada en el artículo Primero, deberá abonar la tasa correspondiente a la expedición del Certificado de Aptitud Ambiental, establecida en el artículo 25º de la Ley Nº 11459.-

 

 

 

 

CUARTO: El otorgamiento del presente Certificado de Aptitud Ambiental, no empece el cumplimiento de toda otra normativa vigente exigible en la forma, plazos y alcances que la autoridad ambiental disponga.-

QUINTO: Notifíquese, déjese constancia de la entrega del Certificado de Aptitud Ambiental, tomen nota el Departamento Saneamiento Ambiental y remítase al Departamento Habilitaciones para la prosecución del trámite.-