Boletines/Mar Chiquita

Ordenanza Nº100/18

Ordenanza Nº 100/18

Mar Chiquita, 24/10/2018

El expediente Nº 024/HCD/2018 Sobre “Creación de Registro Único de Cuida Coches”; y

La proliferación en la vía pública de los denominados trapitos, franelitas o cuida coches, personas que operan irregularmente en la vía publica indicando a automovilistas espacios libres para estacionar, autorreferenciados como custodios de la integridad del parque automotor que estaciona en la ciudad;

La urgente necesidad de reglamentar dichas actividades y que lo peor de esta práctica es el desconocimiento de la identidad, procedencia, idoneidad, antecedentes de personas que perciben una retribución por un supuesto servicio. Máxime cuando se llevan a cabo espectáculos de cualquier índole o reuniones masivas, adoptando una actitud en algunos casos violenta, por esto es que necesitamos regularizar la actividad o tarea de los cuida coches, lo que beneficiara tanto a los usuarios de automotores, como a jubilados, pensionados, desocupados o personas en condición de vulnerabilidad social. Que necesiten algún ingreso económico.

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Crear un Registro Único de Cuida Coches, dependiente del área de Desarrollo social Municipal.

ARTICULO 2°: Podrán registrase personas de ambos sexos residentes permanentes en la localidad donde se desarrollara la actividad con un mínimo de dos años.

  1. Acreditar su identidad mediante DNI
  2. No poseer antecedentes penales (informados).

ARTICULO 3º: Una vez autorizado, las personas que ejercerán la actividad, deberán exhibir pechera con número de legajo, número de DNI, fotografía, junto a una leyenda que diga “COLABORACION VOLUNTARIA”.

ARTICULO 4º: Cada registrado tendrá un sector o calle previamente asignada por la autoridad competente, no pidiendo ejercer su labor fuera del área que le corresponda, así también como ñas normas de aseo personal  y trato hacia las personas.

ARTICULO 5º: Las personas que se las encuentre infringiendo esta regulación, serán puestas a disposición de la autoridad con so pena de perder su registro.

ARTICULO 6º: Serán causa de retiro del permiso:

  • Denuncia y  queja formalizada por comportamiento irrespetuoso
  • Denuncia o queja formalizada por perdido de dinero
  • Hallarse en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias prohibidas.

ARTICULO 7º: Este registro deberá actualizarse anualmente. El cual será controlado por la autoridad municipal del área que corresponda.

ARTICULO 8º: COMUNIQUESE, al Departamento Ejecutivo a sus efectos, a quienes corresponda. Regístrese y Archívese.