Boletines/General Villegas

Resolución Nº598/18

Resolución Nº 598/18

General Villegas, 27/06/2018

Visto

El Expediente Nº 10021/13 Alcance 1, donde se tramita la habilitación de un comercio, perteneciente al señor Abel Hilario Baez, dedicado a la explotación de los rubros “Despensa – Rotisería”, con fecha 15 de enero de 2014, registrado como Contribuyente Nº 21280; y

Considerando

Que por Expediente Nº 10021/13 Alcance 4, agregado a fojas 117, el recurrente comunica la baja de la actividad comercial, con fecha 30 de enero de 2018

Que mediante Acta Nº 6565, realizada el 27 de febrero de 2018, se constató que el comercio se encuentra funcionando normalmente (fojas 119).

Que por Acta de Constatación Nº 6620, realizada el 2 de marzo de 2018, se constató efectivamente el cierre del comercio (fojas 121).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 126, informando que el Contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que a fojas 130 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 2 de marzo de 2018, del comercio perteneciente al señor ABEL HILARIO BÁEZ, L.E. Nº 7.963.961, Contribuyente Nº 21280, habilitado con los rubros “DESPENSA – ROTISERÍA”, denominación comercial “LOS NIETOS”, Codificadores de Rentas Nº 62100-06 y 62100-07, NIS Nº 1049014-01 – T1REE – Residencial, con domicilio comercial en calle Mariano Moreno Nº 1352 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 41c, Parcela 4, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 10021/13 Alcance 1.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las  oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.