Boletines/General Villegas
Resolución Nº 595/18
General Villegas, 27/06/2018
Visto
El Expediente Nº 6841/12, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente al señor Nelson Rolando Javier Chirizola, dedicado a la explotación del rubro “Venta de armas, pólvoras, explosivos y artículos de caza”, con fecha de alta 10 de diciembre de 2012, Contribuyente Nº 20914; y
Considerando
Que por Expediente Nº 6841/12 Alcance 1, agregado a fojas 58, el recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 20 de marzo de 2018.
Que mediante Acta Nº 6807, realizada el 23 de abril de 2018, se constató que el comercio se encuentra cerrado (fojas 63).
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 69, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que a fojas 73 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 20 de marzo de 2018, del comercio perteneciente al señor NELSON ROLANDO JAVIER CHIRIZOLA, DNI Nº 21.501.289, Contribuyente Nº 20914, habilitado con el rubro “VENTA DE ARMAS, POLVORAS, EXPLOSIVOS Y ARTICULOS DE CAZA”, denominación comercial “LA CAROLINA”, Codificador de Rentas Nº 62900-08, NIS Nº 1529702 -01 – T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle Suipacha Nº 87 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 151, Manzana 151A, Parcela 18, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 6841/12.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.