Boletines/General Villegas
Resolución Nº 530/18
General Villegas, 13/06/2018
Visto
El Expediente Nº 6763/18 iniciado por el Secretario de Seguridad, solicitando una sanción disciplinaria al agente Elías Raúl Altamiranda, Legajo Personal N°2329, por incumplir el horario fijado; y
Considerando
Que la Dirección de Recursos Humanos interviene a fojas 3, consignando los datos del agente y que no registra inasistencias injustificadas ni sanciones disciplinarias.
Que el Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 4, sugiriendo se aplique a la agente una sanción disciplinaria correctiva consistente en un “Apercibimiento”, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 103 inciso b) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir en lo estipulado en el Artículo 65 incisos a) de dicha ordenanza.
Que la repetición de dicha falta hace pasible al agente de sanciones que incluyen la baja, conforme se indica en el Artículo 103 inciso d) del mencionado reglamento.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en un “Apercibimiento”, al agente transitorio jornalizado Elías Raúl Altamiranda, Legajo Personal N°2329, 11 Módulos, 36 Horas Semanales, Jurisdicción 1110107000, Categoría Programática 44.00.00, conforme lo dispuesto en Artículo 103 inciso b) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir en lo estipulado en el Artículo 65 incisos a) de dicha ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Departamento Personal, Secretaria de Seguridad y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.