Boletines/General Villegas
Resolución Nº 499/18
General Villegas, 04/06/2018
Visto
El Expediente Nº 6011/2018, iniciado por el Delegado Municipal de Villa Saboya, informando que el día 18 de mayo del corriente año se produjeron inconvenientes entre el personal del Hogar de Día de dicha localidad, siendo las agentes involucradas Ada Herrera Legajo Personal N° 3786, Carmen Ruiz Legajo Personal N° 3787 y Graciela Caffa Legajo Personal N° 2747. Que a los fines de solucionar el conflicto se apersonó junto con el encargado del destacamento Policial Damián Vara porque se ocasionaron agresiones verbales entre las mismas, por eso solicita que se tomen las medidas pertinentes; y
Considerando
Que la Dirección de Recursos Humanos interviene a fojas 3 y 4, consignando los datos de las agentes y que no registran inasistencias injustificadas ni sanciones disciplinarias en sus legajos.
Que la Ordenanza Nº 5647 - Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad de General Villegas, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 5, sugiriendo se aplique a las agentes una sanción disciplinaria correctiva consistente en un “Llamado de atención”, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67 apartado 1 inciso a) de la Ordenanza 5647, por incurrir en lo estipulado en el art. 68 inciso b) de la mencionada ordenanza.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aplicase una sanción disciplinaria consistente en un “Llamado de atención”, a las agentes Ada Beatriz Herrera Legajo Personal N° 3786, Carmen Nélida Ruiz Legajo Personal N° 3787 y Graciela Adriana Caffa Legajo Personal N° 2747, todas ellas con 230 Módulos, 30 Horas Semanales, Planta Permanente, Personal de Servicio – Auxiliar (07.01.03), Jurisdicción 1110109000, Categoría Programática 65.07.00, conforme lo dispuesto en el Artículo 67 apartado 1 inciso a) de la Ordenanza 5647, por incurrir en lo estipulado en el art. 68 inciso b) de la mencionada ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Departamento Personal, Dirección de Recursos Humanos, Dirección Vial, Delegación Municipal de Piedritas y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.