Boletines/General Villegas
Decreto Nº 962/18
General Villegas, 29/06/2018
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 5830/18, pertenecientes a la Licitación Pública Nº 1/18 destinada a la “Terminación de tinglado y construcción de sanitarios - Polideportivo Parque Municipal”, aprobada por Decreto Nº 630/18; y
Considerando
Que de fojas 616 a 643 se adjunta acta de apertura de propuestas y las planillas de comparación de ofertas.
Que la oficina de Compras interviene a fojas 644, informando que efectuado el acto de apertura de propuestas se presentaron cuatro empresas y que la firma Avinco Construcciones S.A. no cumplió el punto 7 del Artículo 5º (falta de firmas y ausencia total de documentación), razón por la cual no se realizó la apertura del sobre 2 correspondiente a la oferta y fue devuelto al oferente en dicho acto.
Que a fojas 645 el Secretario de Obras y Servicios Públicos informa que realizado el estudio y análisis de las propuestas, estima conveniente adjudicar la licitación al oferente Dynco S.A., por encuadrarse a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y cumplir con la mejor oferta según lo solicitado en el Artículo Nº 19 de las Especificaciones Técnicas Particulares (Piso de Vinilo Deportivo con patrón de madera similar a la real).
Que además manifiesta que corresponde desestimar las propuestas presentadas por las firmas Grupo Comarvi S.A., por no cumplir con lo dispuesto en el Artículo Nº 19 de las Especificaciones Técnicas Particulares e Inarco S.A., por no resultar convenientes a los intereses municipales y devolver las garantías de mantenimiento de oferta aportadas.
Que de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase la Licitación Pública Nº 1/18 destinada a la ““Terminación de tinglado y construcción de sanitarios - Polideportivo Parque Municipal”, aprobada por Decreto Nº 630/18, a la firma DYNCO S.A. en la suma de Pesos dieciséis millones seiscientos ochenta y siete mil setenta y cinco ($ 16.687.075), de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 5830/18, por las razones expuestas ut supra.
ARTÍCULO SEGUNDO: Desestímense las propuestas presentadas en la licitación mencionada en el Artículo Primero por las firmas Grupo Comarvi S.A., por no cumplir con lo dispuesto en el Artículo Nº 19 Piso Deportivo en el Tinglado Existente de las Especificaciones Técnicas Particulares e Inarco S.A. por no resultar conveniente a los intereses municipales.
ARTÍCULO TERCERO: Devuélvase a las firmas que se consignan a continuación la Póliza de Seguro de Caución aportada en concepto de Garantía de Mantenimiento de Oferta en la licitación mencionada en el Artículo Primero, conforme el siguiente detalle:
Avinco Construcciones S.A.: “La Holando Sudamericana Cía. de Seguros.” Nº 793825.4, $ 1.668.709,40.-
INARCO S.A.: “SMG Seguros” Nº 691430-0, $ 1.668.709,40.-
GRUPO COMARVI S.A.: “Aseguradora de Créditos y Garantías S.A.” Nº 1409517, $ 1.668.709,40.-
ARTÍCULO CUARTO: Autorícese a las oficinas competentes a arbitrar los medios necesarios a los efectos de devolver a la empresa DYNCO S.A., la Póliza de Seguro de Caución Nº 1.023.162, por la suma de Pesos un millón seiscientos sesenta y ocho mil setecientos nueve con 40/100 ($ 1.668.709,40.-) aportado en concepto de Garantía de Mantenimiento de Oferta, una vez cumplimentado el Artículo Nº 14 “Firma del Contrato” de las Clausulas Generales del Pliego de Bases y Condiciones
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos, Compras, Contaduría y Tesorería; cúmplase y archívese.