Boletines/General Villegas

Decreto Nº881/18

Decreto Nº 881/18

General Villegas, 14/06/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 6491/18, pertenecientes al Concurso de Precios Nº 17/18 destinado a la “Contratación del servicio de transporte de documentación y valores de la Municipalidad de General Villegas con Delegaciones del Partido”; y

Considerando

Que de fojas 67 a 70 se adjunta el acta de apertura de propuestas y las planillas de comparación de ofertas.

Que la oficina de Compras interviene a fojas 71, informando que se invitaron cinco (5) proveedores, de los cuales se presentaron tres (3).

Que la presentación del señor Alejandro Claudio Capponi resulta rechazada debido a que la Planilla de Cotización Nº 6223 presenta una tachadura en el importe total que no se encuentra salvada, incumpliendo lo dispuesto en el punto 3 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Que por lo expuesto estima conveniente adjudicar el concurso al oferente Christian Aníbal Villagra en la suma de Pesos trescientos cuarenta y ocho mil ($ 348.000), por resultar conveniente a los intereses municipales y cumplir con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones y desestimar la oferta presentada por el oferente David Samuel Lemos, a quien corresponde realizarle la devolución de la garantía de mantenimiento de oferta aportada.

Que de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase el Concurso de Precios Nº 17/18 destinado a la “Contratación del servicio de transporte de documentación y valores de la Municipalidad de General Villegas con Delegaciones del Partido”, al oferente Christian Aníbal Villagra, en la suma de Pesos trescientos cuarenta y ocho mil ($ 348.000), de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 6491/18, por las razones expuestas precedentemente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Desestímese la propuesta presentada en el concurso de precios mencionado en el Artículo Primero, al oferente David Samuel Lemos, por no resultar conveniente a los intereses municipales.

ARTÍCULO TERCERO: Autorízase a las oficinas competentes a arbitrar los medios necesarios a los efectos de devolver a los oferentes que se detallan a continuación, la Garantía de Mantenimiento de Oferta aportada en el concurso mencionado en el Artículo Primero, conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, según el siguiente detalle:

  • DAVID SAMUEL LEMOS: Pagaré sin protesto certificado $ 39.000.-
  • ALEJANDRO CLAUDIO CAPPONI: Pagaré sin protesto certificado $ 39.000.

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría y Tesorería; cúmplase y archívese.