Boletines/General Villegas
Decreto Nº 862/18
General Villegas, 12/06/2018
Visto
El Expediente N° 12944/17 iniciado por la señora María del Carmen Esain, solicitando autorización para colocar alcantarillas y terraplenar el camino 050-04 a la altura del establecimiento y posterior descuento con el monto que debe abonar en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal en el marco de la Ordenanza N° 5814/17; y
Considerando
Que la solicitante acompañó cuatro presupuestos por 10 metros de tubo alcantarilla por la suma de Pesos cuarenta y un mil setecientos sesenta y nueve con veinte centavos IVA incluido de Mas Ferreterías S.A; por la suma de Pesos treinta y ocho mil ochocientos cincuenta y nueve con veinte centavos IVA incluido, por la realización de trabajos de colocación de alcantarillas y retreo por la suma de Pesos veintiséis mil quinientos (precio final) de Agrovial Villegas S.R.L. y por la suma de Pesos treinta y ocho mil quinientos (precio final) de Gustavo Castanheira.
Que a fojas 8 interviene la Dirección Vial autorizando la colocación del tubo y trabajos de movimiento de suelo en el camino precedentemente referenciado.
Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, no formula objeciones a lo actuado (fs. 9).
Que Departamento Catastro interviene a fojas 13 individualizando catastralmente al inmueble, contribuyente y su titular.
Que la Dirección de Rentas interviene de fojas 14 a 16, emitiendo el estado de la cuenta corriente del contribuyente correspondiente al ejercicio 2017.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos a fojas 18, analiza el pedido formulado y sugiere la intervención de la Comisión Interna de Tasación y posteriormente el descuento proporcional en la suma que deban abonar en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.
Que de fojas 19 y 20 se agregan las facturas presentadas por la contribuyente.
Que el Director Vial confirma la ejecución de los trabajos de mantenimiento y reparación del camino 050-04 (fojas 23).
Que la Comisión Interna de Tasación Municipal interviene a fojas 25 y 26, expresando que los montos presupuestados por la colocación de un tubo de alcantarilla y posterior retreo y terraplenado del camino 050-04, se encuentran a valor corriente en plaza bajo las condiciones actuales de mercado.
Que la Ordenanza Fiscal N° 4555 (T.O) establece en el Título XXIX que por la prestación de los servicios de conservación, reparación y mejorado de calles y caminos rurales de jurisdicción municipal los titulares de dominio, poseedores a título de dueño, nudos propietarios y/o usufructuarios de parcelas rurales deberán abonar el monto que en concepto de Tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal al efecto se establezca, tomando como base imponible la cantidad de hectáreas o fracción superior a 51 áreas.
Que la Ordenanza Tributaria determina la alícuota que deben tributar por hectárea los contribuyentes de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.
Que el artículo 284 del mismo ordenamiento normativo establece que la Tasa por Seguridad y Defensa Civil se hará en forma conjunta con la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.
Que por Ordenanza N° 5814/17 el Honorable Concejo Deliberante declaró en emergencia a la Red Vial Municipal, autorizó a resolver con urgencia los gastos relacionados, coordinar con los productores agropecuarios a realizar trabajos de reparación y mantenimiento de la red vial y descontar la inversión de la obra realizada con el monto a abonar en concepto de la Tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal.
Que en las presentes actuaciones se cumplimentaron los extremos exigidos por la Ordenanza N° 5814/17, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorícese a las oficinas competentes a dar por canceladas las cuotas 1 a 5 del ejercicio 2017 de la” Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” al Contribuyente N° 30897, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción IV, Sección Rural, Parcela 147, Titular María del Carmen Esain, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.
ARTICULO SEGUNDO: Autorícese a las oficinas competentes a realizar las adecuaciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.
ARTICULO TERCERO: Autorícese a las oficinas competentes a reliquidar al contribuyente mencionado en el artículo primero la Tasa por Seguridad y Defensa Civil, sin aplicar intereses, multas ni recargos de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 3382 y sus modificatorias.
ARTICULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Secretaría de Hacienda y Finanzas, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Dirección Vial y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.