Boletines/General Villegas
Decreto Nº 861/18
General Villegas, 12/06/2018
Visto
El Expediente N° 10.671/17 iniciado por Don Nicolás S.R.L., solicitando autorización para colocar alcantarillas y terraplenar el camino 13-03 a la altura del campo y posterior descuento con el monto que debe abonar en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal en el marco de la Ordenanza N° 5814/17; y
Considerando
Que el solicitante acompañó cinco presupuestos de fecha 3 de agosto de 2017 por 10 metros de tubo alcantarilla por la suma de Pesos veinte mil seiscientos cuarenta de Cardinali Leandro D. y Cardinali Fani A. S.H.; por la suma de Pesos trece mil quinientos por movimiento de tierra para terraplenar camino de Jorgelina Amaro de fecha 04/08/17; por la suma de pesos once mil por terraplenar camino de Sergio D. Gandard del 08/08/2017; de pesos treinta y dos mil quinientos por 15 tubos de alcantarilla diam 1000 * 1.6 mm mas flete de Cardinali Leandro D. y Cardinali Fani A. S.H: de fecha 21 de septiembre de 2017 y un presupuesto por pesos cincuenta y un mil dieciocho con doce centavos más IVA por 30 metros de caño alcantarilla diam. 1000 mm. de Curia S.R.L., del día 10/10/17.
Que a fojas 8 interviene la Dirección Vial autorizando la colocación de 25 metros de tubo de alcantarilla y trabajos de movimiento de suelo en el camino precedentemente referenciado.
Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, no formula objeciones a lo actuado (fs. 11).
Que Departamento Catastro interviene a fojas 16 individualizando catastralmente al inmueble, contribuyente y su titular.
Que la Dirección de Rentas interviene de fojas 18 a 22 y 55, emitiendo el estado de la cuenta corriente del contribuyente correspondiente al ejercicio 2017.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos a fojas 29, analiza el pedido formulado y sugiere la intervención de la Comisión Interna de Tasación y posteriormente el descuento proporcional en la suma que deban abonar en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.
Que de fojas 30 a 50 se agregan facturas y documentación presentada por el contribuyente.
Que el Director Vial confirma la ejecución de los trabajos de mantenimiento y reparación del camino 13-03 (fojas 53).
Que la Comisión Interna de Tasación Municipal interviene a fojas 57 y 58, expresando que los montos presupuestados por la colocación de 25 metros de tubos de alcantarillas y posterior terraplenado del camino 13-03, se encuentran a valor corriente en plaza bajo las condiciones actuales de mercado.
Que la Ordenanza Fiscal N° 4555 (T.O) establece en el Título XXIX que por la prestación de los servicios de conservación, reparación y mejorado de calles y caminos rurales de jurisdicción municipal los titulares de dominio, poseedores a título de dueño, nudos propietarios y/o usufructuarios de parcelas rurales deberán abonar el monto que en concepto de Tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal al efecto se establezca, tomando como base imponible la cantidad de hectáreas o fracción superior a 51 áreas.
Que la Ordenanza Tributaria determina la alícuota que deben tributar por hectárea los contribuyentes de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.
Que el artículo 284 del mismo ordenamiento normativo establece que la Tasa por Seguridad y Defensa Civil se hará en forma conjunta con la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.
Que por Ordenanza N° 5814/17 el Honorable Concejo Deliberante declaró en emergencia a la Red Vial Municipal, autorizó a resolver con urgencia los gastos relacionados, coordinar con los productores agropecuarios a realizar trabajos de reparación y mantenimiento de la red vial y descontar la inversión de la obra realizada con el monto a abonar en concepto de la Tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal.
Que en las presentes actuaciones se cumplimentaron los extremos exigidos por la Ordenanza N° 5814/17, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorícese a las oficinas competentes a descontar la suma de Pesos sesenta y cuatro mil ciento cuarenta ($ 64.140) del monto a abonar por el Contribuyente N° 33228 en concepto de cuotas 1 a 5 del ejercicio 2017 de la” Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal”, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción IX, Sección Rural, Parcela 933ee, Titular Don Nicolás S.R.L., en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.
ARTICULO SEGUNDO: Autorícese a las oficinas competentes a realizar las adecuaciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.
ARTICULO TERCERO: Autorícese a las oficinas competentes a reliquidar al Contribuyente mencionados en el artículo primero el saldo restante de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal ejercicio 2017 y la Tasa por Seguridad y Defensa Civil, sin aplicar intereses, multas ni recargos de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 3382 y sus modificatorias.
ARTICULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Secretaría de Hacienda y Finanzas, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Dirección Vial y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.