Boletines/General Villegas

Decreto Nº859/18

Decreto Nº 859/18

General Villegas, 11/06/2018

Visto

El Expediente Nº 1022/18, iniciado por los señores Omar Horacio Ruiz, D.N.I. Nº 23.757.784 y Karina Esther Ruiz, D.N.I. Nº 23.137.880, solicitando se les abone el subsidio por fallecimiento de su padre Horacio Omar Ruiz, como así también los haberes adeudados y todo concepto que por derecho pudiere corresponderle, acompañando la documentación pertinente; y

Considerando

Que la Dirección de Recursos Humanos interviene a fojas 8 y 9, informando los datos del agente y el importe a abonar.

Que en el Expediente 1022/18 Alcance 1, agregado al principal como fojas 13, se presentan Gimena Ruiz, DNI N° 35.803.549 y Enzo Ruiz, DNI N° 40.494.342 a fin de que se los incluya como beneficiarios del subsidio por fallecimiento y todo importe que corresponda como hijos del causante Sr. Horacio Omar Ruiz.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 17, sugiriendo se disponga el pago del subsidio por fallecimiento y demás rubros que surjan de la liquidación practicada por la oficina competente, a los descendientes de Horacio Omar Ruiz, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 9507.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 19.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a los señores Omar Horacio Ruiz, D.N.I. Nº 23.757.784, Karina Esther Ruiz, D.N.I. Nº 23.137.880, Gimena Ruiz, DNI N° 35.803.549 y Enzo Ruiz DNI N° 40.494.342, a percibir el monto correspondiente al Subsidio por Fallecimiento - Ley Nº 9507, haberes no percibidos, licencias no gozadas y SAC proporcional; y a firmar toda la documentación relativa al agente fallecido Horacio Omar Ruiz, Legajo Personal Nº 7448.

ARTÍCULO SEGUNDO: Abónese a los señores Omar Horacio Ruiz, D.N.I. Nº 23.757.784, Karina Esther Ruiz, D.N.I. Nº 23.137.880, Gimena Ruiz, DNI 35.803.549 y Enzo Ruiz DNI 40.494.342, la suma total de Pesos cincuenta y dos mil veintinueve con veintitrés centavos ($ 52.029,23.-), deducidas las retenciones y aportes de ley, monto correspondiente al causante, asumiendo la responsabilidad ante quién pudiera reclamar por este mismo pago.

ARTÍCULO TERCERO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, deberá imputarse con cargo a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Est. Programática

F. Financiación

Objeto del Gasto

Importe

1110107000-01-00-00

110

1-1-1-0

$ 5.045,60.-

1110107000-01-00-00

110

1-1-3-1

$ 1.009,12.-

1110107000-01-00-00

110

1-2-2-7

$ 15.136,80.-

1110107000-01-00-00

110

1-1-6-1

$ 726,57.-

1110107000-01-00-00

110

1-1-6-2

$ 290,63.-

1110107000-01-00-00

110

1-1-6-3

$ 113,22.-

1110107000-01-00-00

110

1-4-0-0

$ 31.976,00-

IPS

 

 

$ 847,66.-

IOMA

 

 

$ 290,63.-

 

 

Importe Total:

$ 52.029,23.-

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Hacienda y Finanzas, Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.