Boletines/Lobería

Decreto Nº1452-18

Decreto Nº 1452-18

Lobería, 04/10/2018

DISPÓNESE

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.155/17, la Nota Nº 31.459/18, los Decretos Nº 089/18 y N° 1.104/18, el Expediente Nº 4066-155/16; y

Considerando

QUE, mediante Decreto N° 1.104/18 se asignaron tareas al personal destajista designado por Decreto Nº 89/18, SR. DANIEL RÍOS, D.N.I. Nº 16.941.869, para realizar trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Domínguez, ubicada en calle Burgos N° 972 de esta ciudad, a partir del 16 de julio de 2018 por un plazo de cincuenta y ocho (58) días;

QUE, mediante nota N° 31.459/18 el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita el incremento en un quince por ciento (15%) del valor de las tareas que no fueron abonadas hasta el mes de setiembre del corriente, atento a la variación en los costos de las mismas;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

 

ARTÍCULO 1.- DISPÓNESE el incremento en un quince por ciento (15%) de los valores de las tareas asignadas por Decreto N° 1.104/18 al personal destajista designado por Decreto Nº 89/18, SR. DANIEL RÍOS, D.N.I. Nº 16.941.869, llevadas a cabo en la vivienda de la familia Domínguez, ubicada en calle Burgos N° 972 de esta ciudad de Lobería, de acuerdo al siguiente detalle:

TAREAS                                                                               MONTO

Revoque exterior fratasado con hidrófugo                            $ 18.810,88

Carpeta hidrófuga                                                                        $ 4.376,71

Colocación de aberturas                                                           $ 11.818,71     

ARTÍCULO 2.- El monto total a abonar será de PESOS TREINTA Y CINCO MIL SEIS CON TREINTA CENTAVOS ($ 35.006,30.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS TREINTA MIL CIENTO CINCO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 30.105.42.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 4.200,76. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 3.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 1.2.1.0. Retribuciones del cargo 132 De origen provincial” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos,  Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

 

MARIO ALBERTO TERUGGI                                          JUAN JOSÉ FIORAMONTI

SECRETARIO DE GOBIERNO                                       INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO Nº 1.452-18