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Ordenanza Nº12687/17

Ordenanza Nº 12687/17

Quilmes, 06/06/2017

VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente HCD-O-2-25366-16 ha sancionado la Ordenanza Nº 12687/17 en la Sesión Ordinaria del día 23 de Mayo de 2017, que dice

ORDENANZA

ORDENANZA Nº 12687/17

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:

ARTICULO 1º: CONCEDASE el Derecho de Uso y Ocupación precario por el término de 5 (cinco) años renovables a la Asociación de F.I.L.A. Fútbol Infantil “Loma Alegre” reconocida como Entidad de Bien Público Bajo Nº 4091-11960-F-2016 Personería Jurídica Nº 27736, del predio identificado catastralmente como: Circunscripción III, Sección D, Fracción V, Parcela 3d, en un 50% (cincuenta por ciento) del lote cuya ubicación Norte aledaña a la calle General Acha de Quilmes Oeste.

ARTICULO 2º: CONCEDASE el Derecho de Uso y Ocupación precario por el término de 5 (cinco) años renovables a la Sociedad de Fomento “Loma Alegre” reconocida como Entidad de Bien Público bajo Nº 20374-S-67, Personería Jurídica Nº 2150, del predio identificado Catastralmente como: Circunscripción III, Sección D, Fracción V, Parcela 3d, en un 20% (veinte por ciento) del lote cuya ubicación Noreste es aledaña a la calle Juan B. Justo de Quilmes Oeste.

ARTICULO 3º:   CONCEDASE el Derecho de Uso y Ocupación precario por el término de 5 (cinco) años renovables a la Sociedad “Escuela Deportivo Infantil Quilmeña”, reconocida como Entidad de Bien Público bajo Nº 4091-20286-2011, Personería Jurídica Nº 3194, del predio identificado catastralmente como: Circunscripción III, Sección D, Fracción V, Parcela 3d, en un 30% (treinta por ciento) del lote cuya ubicación Noroeste cuya ubicación es aledaña a la calle Juan B, Justo de Quilmes Oeste.

ARTICULO 4º:   Los permisionarios se harán cargo de todos los gravámenes, tasas e impuestos, que graven al inmueble. Asimismo estarán obligados a facilitar las instalaciones erigidas en el predio a los Colegios de la zona que las solicitaren.Su incumplimiento sería la causal suficiente para revocar en forma inmediata el permiso precario otorgado, debiendo el permisionario reintegrar el inmueble, sin derecho a indemnización alguna.

ARTICULO 5º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro  General y ARCHIVESE.

Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.         Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.                 

Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO   1º:   PROMULGASE la Ordenanza N° 12687/17 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 23 de Mayo de 2017.

ARTICULO   2º:   DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.

DR.IGNACIO C.ALBERTO                                    MARTINIANO MOLINA

SECRETARIO LEGAL Y TECNICO                             INTENDENTE

DECRETO Nº 2179/2017