Boletines/Tornquist
Resolución Nº 32/26
Tornquist, 07/10/2026
Visto y considerando
VISTO:
El estado actual del espacio denominado "El Mirador del Cerro Ventana”, ubicado a la vera de la Ruta Provincial Nº 76, y lo establecido en la Ordenanza Nº 3514/22 que regula el funcionamiento de Food Trucks en el Distrito; y;
CONSIDERANDO:
Que "El Mirador del Cerro Ventana”, es el principal punto panorámico turístico de la Comarca, ubicado sobre una Ruta Provincial, con intenso tránsito vehicular y peatonal y sin ordenamiento vial ni de estacionamiento;
Que su jurisdicción requiere gestiones ante organismos provinciales: Dirección de Vialidad de la PBA;
Que, para garantizar salubridad, seguridad y arraigo local, deberían establecerse requisitos y controles;
Que debiera priorizase la promoción de productos regionales y de la mano de obra artesanal local;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
En uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
RESOLUCIÓN Nº 32/26
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que realice las gestiones pertinentes ante los organismos provinciales correspondientes, Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, a fin de ordenar, señalizar y poner en valor el espacio denominado "El Mirador del Cerro Ventana, ubicado sobre la Ruta Provincial Nº 76.-
ARTÍCULO 2º: Solicitar que en caso que se habilite la actividad gastronómica en dicho espacio se cumpla estrictamente con el Artículo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 3514/22, que exige:
a) Formulario de adhesión;
b) DNI o Acta Constitutiva;
c) Libreta Sanitaria;
d) CUIT / inscripción en AFIP y ARBA;
e) REBA si comercializa alcohol;
f) Acreditar domicilio en el distrito de Tornquist con 2 años de residencia mínima;
g) Título del vehículo gastronómico;
h) Seguro de responsabilidad civil;
i) Informe técnico de seguridad e higiene;
j) Formulario 931 en caso de poseer empleados.
ARTÍCULO 3º: Solicitar que se de prioridad a los artesanos del Distrito.-
ARTÍCULO 4º: Solicitar se realicen inspecciones periódicas para el efectivo cumplimiento de lo que se disponga.-
ARTÍCULO 5º Remitir copia a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-
APROBADO POR UNANIMIDAD, EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. DE TORNQUIST, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.-