Boletines/Tornquist

Resolución Nº32/26

Resolución Nº 32/26

Tornquist, 07/10/2026

Visto y considerando

VISTO:

               

El estado actual del espacio denominado "El Mirador del Cerro Ventana”, ubicado a la vera de la Ruta Provincial Nº 76, y lo establecido en la Ordenanza Nº 3514/22 que regula el funcionamiento de Food Trucks en el Distrito; y;

 

CONSIDERANDO:

               

Que "El Mirador del Cerro Ventana”, es el principal punto panorámico turístico de la Comarca, ubicado sobre una Ruta Provincial, con intenso tránsito vehicular y peatonal y sin ordenamiento vial ni de estacionamiento;

Que su jurisdicción requiere gestiones ante organismos provinciales: Dirección de Vialidad de la PBA;

Que, para garantizar salubridad, seguridad y arraigo local, deberían establecerse requisitos y controles;

Que debiera priorizase la promoción de productos regionales y de la mano de obra artesanal local;

POR ELLO: 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

En uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

RESOLUCIÓN Nº 32/26

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que realice las gestiones pertinentes ante los organismos provinciales correspondientes, Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, a fin de ordenar, señalizar y poner en valor el espacio denominado "El Mirador del Cerro Ventana, ubicado sobre la Ruta Provincial Nº 76.-

 

ARTÍCULO 2º: Solicitar que en caso que se habilite la actividad gastronómica en dicho espacio se cumpla estrictamente con el Artículo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 3514/22, que exige:

a) Formulario de adhesión;

b) DNI o Acta Constitutiva;

c) Libreta Sanitaria;

d) CUIT / inscripción en AFIP y ARBA;

e) REBA si comercializa alcohol;

f) Acreditar domicilio en el distrito de Tornquist con 2 años de residencia mínima;

g) Título del vehículo gastronómico;

h) Seguro de responsabilidad civil;

i) Informe técnico de seguridad e higiene;

j) Formulario 931 en caso de poseer empleados.

 

ARTÍCULO 3º: Solicitar que se de prioridad a los artesanos del Distrito.-

 

ARTÍCULO 4º: Solicitar se realicen inspecciones periódicas para el efectivo cumplimiento de lo que se disponga.-    

 

ARTÍCULO 5º Remitir copia a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTÍCULO 6º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-

 

APROBADO POR UNANIMIDAD, EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. DE TORNQUIST, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.-