Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 6046/18
Nueve de Julio, 22/11/2018
VISTO:
El Expediente Nº 4082-416/2009 Alcance 18.
CONSIDERANDO:
La renuncia voluntaria de la adjudicataria Sra. Arce de fs 32, el informe social de fs 28/29, el índice de dominio negativo de fs 35 y la evaluación del expediente de la Secretaría de Desarrollo Comunitario, se postula a la Sra. Ducca a la adjudicación de la vivienda, por reunir los requisitos legales y por el transcurso del tiempo en que ha vivido en la misma.
Que ante la renuncia voluntaria a la adjudicación de la Sra. Arce, no se encuentra óbice para su no aceptación.
Que de conformidad al Artículo 7º de la Ordenanza Nº 4767/09, es facultad del Honorable Concejo Deliberante la aprobación de la designación de adjudicatario a lotes.
ORDENANZA
CASA Nº 18 BARRIO PRONAPE 32 VIVIENDAS DE 9 DE JULIO- DESADJUDICACION Y ADJUDICACION.
ARTICULO 1º: La presente tiene por objeto el lote inmueble Casa Nº 18 perteneciente al Barrio PRONAPE 32 Viviendas de 9 de Julio, identificado catastralmente como Circunscripción XV, Sección B, Chacra 144, Manzana 144s, Parcela 2 (Partida Nº 38.455) de 9 de Julio.
ARTICULO 2º: Desadjudícase el lote inmueble objeto de la presente a la Sra. PATRICIA EDITH ARCE, D.N.I. Nº 16.192.528, en virtud de la aceptación de la renuncia voluntariamente aceptada.
ARTICULO 3º: Adjudícase a la Sra. JOANA DENISE DUCCA, D.N.I. Nº 38.932.937, el lote referenciado en el Artículo 1º de la presente.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.