Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº6045/18

Ordenanza Nº 6045/18

Nueve de Julio, 22/11/2018

VISTO:

El expediente N.º 4082-1883/2018.-

CONSIDERANDO:

La voluntad expresa de muchas personas y/o familias de contribuir voluntariamente al quehacer de las tareas municipales, en retribución de las ayudas que se les otorgan desde los diversos programas instituidos.

Que este ofrecimiento muestra los deseos y aspiraciones de los beneficiarios por sentirse dignos como personas ante la comunidad que los que los ayuda.

Que de esta forma las personas y/o familias se sentirán participando activa y responsablemente en el desarrollo de la comunidad, canalizando en estas tareas su vocación en retribución de la ayuda brindada por la comuna-

La necesidad de darle una respuesta que dignifique a los ciudadanos de bajos recursos económicos/financieros, que requieren un subsidio, y no tienen posibilidades de devolverlo en dinero.

Que esta voluntad expresada por la propia gente le da un nuevo significado y re-orienta el quehacer social hacia propuestas de auto-definición de soluciones.

Que aceptar y permitir tales contribuciones voluntarias condice con los principios ideológicos y éticos de esta administración municipal.

ORDENANZA

IMPLEMENTANDO EN EL PARTIDO DE NUEVE DE JULIO EL PROGRAMA DENOMINADO “BANCO DE TAREAS”.-

ARTICULO 1º: Impleméntese en el Partido de Nueve de Julio, el Programa “BANCO DE TAREAS” el que tiende a organizar y reglamentar las formas en la que las personas desarrollaran las tareas voluntarias que ofrecen como retribución a las ayudas que reciben desde el Municipio.

ARTICULO 2º: Facúltese al Ejecutivo Municipal a reglamentar el presente programa, y que una vez reglamentada, vuelva al H.C.D. para ser aprobada.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.