Boletines/Moreno
Decreto Nº 2524/26
Moreno, 31/07/2026
Visto y considerando
Visto el informe presentado por la Organización Meteorológica Mundial (OMM) y por el Servicio Meteorológico Nacional (SMN) referente a la presencia del fenómeno denominado “El Niño”, caracterizado por temperaturas inusualmente cálidas de las aguas superficiales de las zonas central y oriental del Pacífico.
Que se sabe que los primeros impactos suelen registrarse en la región ecuatorial, para luego extenderse hacia otras zonas del planeta, incluido el hemisferio sur y, por ende, la Argentina.
Que este fenómeno climático puede generar cambios en los patrones habituales de precipitaciones y aumentar la probabilidad de lluvias intensas y excesos hídricos en distintas regiones y podría convertirse en uno de los eventos más intensos registrados en las últimas décadas, superando parámetros habituales.
Que, se estima que los efectos se mantendrán activos durante todo el trimestre de septiembre a noviembre de 2026 y continuarán al menos hasta el periodo de diciembre de 2026 a febrero de 2027.
Que, frente a este escenario, es necesario anticiparse y fortalecer las capacidades de respuesta a fin de reducir el impacto sobre las personas, la infraestructura y el ambiente.
Que, como consecuencia de la ocurrencia eventual de este fenómeno meteorológico, se prevén anegamientos, inundaciones, caída de árboles y ramas, daños en viviendas e infraestructura, interrupción o afectación de servicios esenciales y demás contingencias derivadas de condiciones climáticas extraordinarias que requerirán la intervención del estado municipal para dar respuesta a las necesidades de asistencia a las personas afectadas.
Que las principales líneas de trabajo están vinculadas a las obras hidráulicas, destinadas a mejorar el escurrimiento del agua y reducir el riesgo de inundaciones, incluyendo la construcción de desagües pluviales, conductos y canales, la limpieza y el mantenimiento de zanjas y cursos de agua, fundamentales para favorecer el drenaje y mejorar las condiciones de los barrios.
Que, además, la prevención también requiere que cada familia conozca cómo actuar frente a lluvias intensas o una posible inundación, siendo importante seguir los pronósticos y alertas oficiales, identificar zonas seguras y lugares de evacuación que brinden contención, alimentación y asistencia sanitaria.
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inciso 17° y concordantes del Decreto-Ley N.º 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades);
Por ello,
LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO
DECRETA:
ARTICULO 1º: Declárase el estado de emergencia climática y socio ambiental en el ámbito del Municipio de Moreno desde el 01 de agosto del presente año hasta el 31 de julio del 2027.
ARTICULO 2º: Facúltese a las Secretarías del Departamento Ejecutivo y a los Institutos Descentralizados Municipales, a adoptar las medidas conducentes para garantizar la atención a las necesidades de la población en virtud de las diferentes acciones, que como consecuencia del fenómeno climático se requieran.
ARTICULO 3º: Autorizase a la Secretaría de Economía a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para afrontar los gastos que esta emergencia demande.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por las señoras Secretarias de Economía, Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Comunitario, Subsecretaria de Recursos Humanos interinamente a cargo de la Secretaria Privada, Subsecretaria de Salud Mental a cargo de la Secretaria de Salud, y el Señor Subsecretario de Gobierno interinamente a cargo de la Secretaría de Gobierno y Justicia.
ARTICULO 5°: Comuníquese, publíquese, notifíquese y archívese. –
SR GUILLERMO CASTRO SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ
DRA MARIELA BIEN ING GIMENEZ MARIA
LIS SILVANA DIAZ LIC SABRINA GRELLA
SOLEDAD ANAHI RECUPERO