Boletines/Zárate

Decreto Nº350/26

Decreto Nº 350/26

Zárate, 09/10/2026

Subsidio Hogar "Sagrado Corazón de Jesús".

Visto

El expediente N° 4121-5593/26 donde el Hermano Hector Marcelo Prado solicita un subsidio con cargo a rendición de cuentas con la finalidad de destinarlo a la construcción del Hogar “Sagrado Corazón de Jesús”, y;

Considerando

Que, el Hogar “Sagrado Corazón de Jesús” constituye una institución de referencia en la ciudad, brindando un servicio de interés público en la atención y contención de personas en situación de vulnerabilidad social, sanitaria y habitacional; Que, dicho servicio es prestado en forma irrestricta y sin limitación alguna, permitiendo que el Municipio acuda habitualmente al Hogar como un recurso complementario y necesario para la atención de personas que requieren asistencia inmediata; Que, el Estado Municipal reconoce la importancia de fortalecer la colaboración con instituciones como el Hogar “Sagrado Corazón de Jesús”, cuya labor resulta indispensable para ampliar la capacidad de respuesta comunitaria frente a problemáticas sociales de especial complejidad; Que, la construcción de un nuevo edificio destinado al funcionamiento del Hogar permitirá dotar a la institución de instalaciones adecuadas para el cumplimiento de sus fines, mejorando las condiciones de alojamiento, atención y contención de las personas allí asistidas; Que, dicha obra reviste un indudable interés público, en tanto contribuirá a garantizar condiciones más dignas, seguras y apropiadas para la atención de personas en situación de alta vulnerabilidad social y sanitaria, coadyuvando al bienestar general y a la protección efectiva de derechos fundamentales; Que, el Sr. Héctor Marcelo Prado ha manifestado la necesidad de avanzar en la construcción del nuevo Hogar, atento a las limitaciones funcionales y edilicias del establecimiento actual, donde conviven personas en situación de vulnerabilidad social y sanitaria, incluidas aquellas que se encuentran en situación de calle; Que, el Departamento Ejecutivo considera conveniente contribuir económicamente con la ejecución de dicha obra mediante el otorgamiento de un subsidio, a fin de colaborar con la concreción de un proyecto de significativa trascendencia social para la comunidad de Zárate;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de las facultades que le son propias; D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Otórguese un subsidio por la suma de PESOS SESENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO ($67.383.285,00.-) a favor del Sr. Héctor Marcelo Prado, titular del Documento Nacional de Identidad N° 25.382.298, con cargo a ser destinado a la construcción del Hogar “Sagrado Corazón de Jesús”.- ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a la Contaduría Municipal a efectuar el pago de la suma consignada en el artículo precedente a las personas jurídicas que indique el Sr. Héctor Marcelo Prado, en su carácter de beneficiario del subsidio, debiendo afectarse dichos fondos a la construcción del Hogar "Sagrado Corazón de Jesús". A tal efecto, el beneficiario podrá distribuir el monto otorgado entre una o más personas jurídicas, determinando el importe que corresponderá a cada una de ellas.- ARTÍCULO 3°.- Establécese que los fondos detallados en los artículos precedentes deberán ser rendidos ante la Municipalidad de Zárate acreditando la efectiva aplicación de los mismos a la construcción del Hogar “Sagrado Corazón de Jesús”.- ARTÍCULO 4°.- Establécese que el otorgamiento del subsidio dispuesto en el artículo 1° quedará condicionado a la previa acreditación, por parte del beneficiario, de la presentación de la documentación exigible conforme a la normativa vigente para la ejecución de la obra destinada a la construcción del Hogar "Sagrado Corazón de Jesús". A tales efectos, la Secretaría de Gobierno deberá certificar el cumplimiento de dicho requisito.- ARTÍCULO 5°.- El gasto dispuesto en el artículo 1º, deberá afectarse a: Jurisdicción: 1110108000 Secretaria de Desarrollo Humano, Programa 01 Administración, Control y Gestión de la Secretaria de Desarrollo Humano Partida 5.1.7.0 Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del presupuesto vigente.- ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Desarrollo Humano, Sr. Ignacio Olivera.- ARTÍCULO 7º.- Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.-