Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 1221/2018
Benito Juarez, 13/08/2018
Visto
los antecedentes obrantes en el expediente letra “D” Nº 142/2016 referente a la Licitación Publica Nº 15/16 para la contratación de mano de obra y materiales para la construcción de una capilla, salas velatorias y depósitos en el Cementerio Parque de la localidad de Villa Cacique – Barker
Que mediante la ordenanza Municipal Nº 5103, se aprobó lo actuado en la citada Licitación y se autorizo al Departamento Ejecutivo adjudicar a la firma BELOCCHI JUAN ANTONIO CUIT 20-25739643-7
Que mediante el Decreto Municipal Nº 1154/2016 se le adjudico a la firma BELOCCHI JUAN ANTONIO CUIT 20-25739643-7, la contratación de mano de obra y materiales para la construcción de una capilla, salas velatorias y depósitos en el Cementerio Parque de la localidad de Villa Cacique – Barker
Que con fecha 21 de Octubre de 2016 se suscribió contrato de Obra y Materiales de Construcción de Capilla, Salas Velatorias y Depósito en Cementerio Parque Barker y Villa Cacique, de acuerdo al Decreto de adjudicación Nº 1154/2016, entre este Municipio de Benito Juárez, y el Sr. Belocchi Juan Antonio, DNI 25.739.643, contrato registrado en el Libro de Contratos Bajo el Nº 128/2016, y prorrogando el inicio de la obra al día 18 de Noviembre del año 2016.-
Que de acuerdo a lo establecido en la clausula cuarta de dicho contrato el vencimiento del mismo operaba a los doscientos cuarenta días (240) contados desde el inicio, es decir en fecha 16 de Julio del año 2017;
Que en fecha 16 de Julio del año 2017, se suscribe entre el Municipio y El Contratista un acta de prórroga de la Obra por un plazo de noventa (90) días, llegando a término en fecha 13 de Octubre de 2017;
Que con fecha 14 de Octubre de 2017, las partes vuelven a suscribir una prorroga por un plazo igual al anterior, venciendo el mismo en fecha 11 de Enero del corriente año;
Que en fecha 12 de Enero del año 2018, se suscribe una tercera prorroga de obra por otros noventa (90) días, cuya plazo expirado el 10 de Abril del año en curso;
Que en fecha 09 de Abril de 2018, mediante Decreto Nro. 594/18 se autoriza un adicional de Obra, cuyo contrato fue suscripto el en fecha 11 de Mayo de 2018 - registrado bajo el Nro. 103 del Libro de Contrato. Dicho adicional fue suscripto por un plazo de sesenta (60) días corridos, el cual llegó a término el día 10 de Julio del año 2018;
Que sucesivamente, se suscribe una cuarta prórroga, el día 12 de abril del corriente año la cual ha vencido el día 10 de Agosto de 2018; y,
Considerando
que el Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos municipal, informa los reiterados incumplimientos por parte del Contratista
Que de acuerdo a los antecedentes vertidos, se refleja el interés por parte del Municipio en que sea El Contratista, adjudicatario de la licitación realizada oportunamente, quien finalice la Obra.-
Que no obstante las sucesivas prorrogas de finalización de obra no han sido sufrientes para quien el Contratista culmine la Obra pactada.
Que el reiterado incumplimiento se traduce en un perjuicio para esta Comuna,
Que en la clausula Quinta del Contrato de Obra Cementerio Parque Barker y Villa Cacique, registrado bajo el Nº 128 del año 2016 del Libro de Contratos, se establece: “El Comitente podrá rescindir en cualquier tiempo, unilateralmente el presente contrato, sin necesidad de notificación o actuación administrativa previa, cuando a su juicio la conducta o prestación de servicios por parte del contratista no resulta satisfactoria conforme a su criterio.”
Que por otro lado, en la clausula decimo primera del contrato ut supra referenciado se encuentra pactado que el Contratista será penado con la perdida de las garantías prestadas.
Que clausulas de igual tenor fueron convenidas por ambas partes en el Adicional de Obra Registrado en el libro de Contratos Nº 103/18.-
Que a fojas precedentes obra informe de la Asesora Legal de la Comuna interina, sugiriendo el dictado del pertinente acto administrativo de rescision de los contratos arriba citados;
Que el Secretario de Gobierno dispone dictar acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Rescindir el contrato de Obra y Materiales de Construcción de Capilla, Salas Velatorias y Depósito en Cementerio Parque Barker y Villa Cacique, suscripto entre la Municipalidad de Benito Juárez y el Sr. Juan Antonio Belocchi, DNI 25.739.643, registrado bajo el Nº 128/2016 de Registro Municipal de Contratos, de acuerdo al Decreto de Adjudicación Nº 1154/2016.-
ARTICULO 2º.- Rescindir el Adicional de Obra, suscripto en fecha 11 de Mayo de 2018, registrado bajo el Nº 103/2018 del Registro Municipal de Contratos, entre las mismas partes.-
ARTICULO 3º.- Aplíquese la penalidad dispuesta en las clausulas decimo primera de ambos acuerdos, consistente en la perdida de las garantías prestadas, y procédase a la liquidación de la multa establecida en la clausula novena, en caso de corresponder.-
ARTICULO 4º.- Se hace reserva del inicio de acciones judiciales por eventuales daños y/o perjuicios que la rescisión del presente y su adicional pudieren ocasionar.
ARTICULO 5º.- Por Asesoría Legal, notifíquese.-
ARTICULO 6º.- Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.-
ARTICULO 7º.- Comuníquese, desde la R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota, , Secretarías, de Gobierno, de Hacienda, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Asesoría Legal, Jefatura de Gabinete y Auditoría, cumplido, archívese-
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS
ARQ. DIEGO ROSSETTI
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 1221.-