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Ordenanza Nº4059/18

Ordenanza Nº 4059/18

Ezeiza, 04/10/2018

VISTO:

El expediente Nº 4740/2016, iniciado por Fideicomiso “La Normita”, Proyecto de Ordenanza referente solicita ampliación de Área Urbana y;

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, las Ordenanzas 1594/CD/79, 3337/CD/89 y el expediente Nº 4770/2016, iniciado por el Sr. Guillermo Víctor Torry, fiduciante originario del Fideicomiso “La Normita”, el cual solicita la ampliación del Área Urbana, para la realización de un loteo abierto, destinado a viviendas, ubicado en la Parcela 307ª, de la Circunscripción: IV de laq localidad de Tristán Suarez.

 

Que, en el expediente de referencia, se ha presentado un anteproyecto de urbanización abierta sobre una superficie total de 21Ha., 16 A 52CA, para ser ejecutado en dos etapas.

 

Que, actualmente según Ordenanzas 1594/CD/79 y 3337/CD/89, la parcela de referencia se encuentran ubicadas en el Área Rural, por tal motivo  se solicita la inclusión de las mismas dentro del Área Urbana.   

 

Que, el emprendimiento se encuentra implantado en el límite de Área Urbana actual de la Localidad de Tristán Suarez, en una zona homogénea por la existencia de conjuntos habitacionales.

 

Que, según el Art. 2.2.1.2 y 2.2.1.3 de la Ord. 1594/CD/79 y a juicio del Departamento Ejecutivo Municipal, se admitirá la ampliación del Área Urbana en función de la necesidad física, social y económica del Partido, y del interés de la Administración Municipal en facilitar posteriormente Planes Integrales de Viviendas.    

 

Que, en la sesión del día de la fecha, la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Tierras produjo despacho a fs. 41, siendo el mismo aprobado por el voto unánime de las Sras. y Sres. Concejales presentes en la misma.

 

Que,en la sesión del día de la fecha, la misma fue aprobada por el voto unánime de las Sras. y Sres. Concejales presentes.

 

Por todo ello, el  Honorable Concejo Deliberante de Ezeiza, sanciona  la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Desaféctese del Área Rural la parcela designada catastralmente como: Circunscripción: IV – Parcela: 307 a, e incorpórese la misma al Área Urbana de la localidad de Tristán Suarez.

 

Artículo 2º:Ampliese la Zona Residencial Urbana (ZR4a) sobre la parcela descripta en el Articulo 1º, otorgándole los siguientes indicadores urbanísticos:

 

Superficie min. De Parcela: 300m ²

Frente mínimo de Parcela: 12m

F.O.S máximo: 0,50

F.O.T máximo: 0,60

Altura máxima: 8,50m

Densidad Neta Máxima: 130hab/Ha

Retiro de Frente Mínimo: 3m

Retiro de Fondo Mínimo: (L-30m)/2

Retiro Lateral Mínimo: 1 de 3m

Admitiéndose dos unidades de vivienda por parcela.

 

Artículo 3º: Deróguese todo lo que se oponga a la presente

 

Artículo 4º:. Elévese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás efectos. Comuníquese a quien corresponda. Promulgada, publíquese e insértese en el Libro de Actas del Honorable Concejo Deliberante, bajo el Nº 4059/CD/18. Dado en la Sala de Sesiones, a los Cuatro días del mes de Octubre de Dos mil Dieciocho.