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Decreto Nº795/26

Decreto Nº 795/26

Chascomús, 30/09/2026

EXIMICION IMP. AUTOMOTORES

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2026-00038145-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “ETCHEGARAY Irene. Solicitud eximición por discapacidad Exp. 170630”; y

Considerando

Que mediante nota ETCHEGARAY Irene Paola, DNI 24.733.757, con domicilio en calle Azcuénaga N° 181 y domicilio electrónico en EtchegarayIrene@gmail.com solicita la eximición de pago de Impuesto al Automotor del vehículo Marca Toyota, Modelo Etios XLS 1.5, Tipo Sedan 5 Puertas, Dominio PGK394.

Que fundamenta su pedido acompañando Certificado de Discapacidad (CUD) con fecha de vencimiento el día 17/03/2032.

Que adjunta asimismo Título Automotor e informe de Deuda.

Que tratándose del Impuesto a los Automotores, resulta de aplicación en forma análoga la normativa provincial respecto de los vehículos “municipalizados”, según lo previsto en el Decreto 226/03 del poder Ejecutivo Provincial.

Que en relación al tema planteado el inciso f) del artículo 243° del Código Fiscal reconoce el beneficio de exención del pago de impuesto al automotor, cuando el mismo esté a nombre del discapacitado o afectado a su servicio.

Que en éste último caso, indica la norma “…el titular deberá ser el cónyuge, ascendente, descendiente, colateral en segundo grado, tutor, curador o guardador judicial, a la persona que sea designado apoyo en los términos del artículo 43 del Código Civil y Comercial de la Nación conforme las facultades conferidas en la sentencia que lo establezca, o la pareja conviviente cuando acredite un plazo de convivencia no menos a dos (2) años mediante información sumaria judicial o inscripción en el Registro de Uniones Convivenciales”.

Que en virtud de constatarse que la titularidad del vehículo corresponde al solicitante, quien posee una discapacidad según certificado expedido en los términos de la Ley 22.431 con vencimiento el 17/03/2032, deberá otorgarse el beneficio de la exención de pago del Impuesto a los Automotores.

Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que corresponde otorgar la exención del pago en un 100% del Impuesto a los Automotores en los términos del inciso f) del artículo 243° del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, en relación al vehículo Marca Toyota, Modelo Etios XLS 1.5, Tipo Sedan 5 Puertas, Dominio PGK394.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Exímase en un 100% el pago del Impuesto a los Automotores, en los términos del inciso f) del art. 243° del Código Fiscal de la provincia de Buenos Aires, a partir del presente ejercicio, respecto del vehículo Marca Toyota, Modelo Etios XLS 1.5, Tipo Sedan 5 Puertas, Dominio PGK394, a su titular Etchegaray Irene Paola, DNI 24.733.757, con domicilio en calle Azcuénaga N° 181 por resultar persona con discapacidad, conforme Certificado Único de Discapacidad (Ley 22.431), con vencimiento el 17/03/2032, circunstancias debidamente acreditadas en el expediente, de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2.- La presente eximición será renovable automáticamente en  forma anual hasta el vencimiento del Certificado de Discapacidad el 17/03/2032, mientras no se modifique el destino, afectación o condiciones de su procedencia (art. 110° del Cód. Fiscal).-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos, Contaduría y a la peticionante en el domicilio electrónico constituido en EtchegarayIrene@gmail.com.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Marcelo Teileche).-

ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-