Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1576/2018
San Andrés de Giles, 10/05/2018
Visto
Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día 3 de mayo de 2018, sancionó la ordenanza en virtud de la cual se homologa el convenio, suscripto entre el Banco Macro S.A. y la Municipalidad de San Andrés de Giles, y
Considerando
Que el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante
Por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Promúlgase la ordenanza Nº 2086, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante durante la Sesión Ordinaria celebrada el día 3 de mayo de 2018, en virtud de la cual se homologa el convenio que como Anexo 1 forma parte integrante de la dicha Ordenanza, suscripto entre el Banco Macro S.A. y la Municipalidad de San Andrés de Giles, cuyo objetivo es el otorgamiento de facilidades crediticias en el rubro préstamos personales , a los empleados de planta permanente y planta política del Municipio, que se encuentren interesados en esa cuestión, tramitándose las correspondientes actuaciones a través del expediente administrativo Municipal Nº 4101- 0878/2017, y autoriza al señor Intendente Municipal a suscribir toda la documentación necesaria tendiente a brindar cumplimiento a lo dispuesto en el mencionado convenio
ARTICULO 2º: Dese intervención a las áreas correspondientes, regístrese, comuníquese y archívese.-
ORDENANZA Nº 2086
Visto:
El Expediente Administrativo Municipal Nº 4101-0878/2017 cuyas actuaciones refieren al convenio suscripto entre el Banco Macro S.A. y la Municipalidad de San Andrés de Giles ; y
Considerando:
Que el objetivo general del referido convenio consiste en el otorgamiento de facilidades credilicias en el rubro préstamos personales , a los empleados de planta permanente y planta política del Municipio, que se encuentren interesados en esa cuestión.
Que el referido Convenio se encuentra agregado a Fs. 33/36 del citado expediente ;
Que han intervenido en las actuaciones del mentado expediente el señor Contador Municipal , la Encargada de la Oficina de Recursos Humanos y Capacitación y la señora Asesora Letrada de la Municipalidad ;
Que el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades determina que corresponde al Órgano Deliberativo Municipal , resolver en estas cuestiones ;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
O RD EN A N Z A
Artículo 1º: Homologase el convenio que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza, suscripto entre el Banco Macro S.A. y la Municipalidad de San Andrés de Giles, cuyo objetivo es el otorgamiento de facilidades crediticias en el rubro préstamos personales , a los empleados de planta permanente y planta política del Municipio, que se encuentren interesados en esa cuestión, tramitándose las correspondientes actuaciones a través del expediente administrativo Municipal Nº 4101- 0878/2017.
Artículo 2º: Autorízase al señor Intendente Municipal a suscribir toda la documentación necesaria tendiente a brindar cumplimiento a lo dispuesto en el convenio cuya homologación se dispone por la presente Ordenanza.
Artículo 3º:De forma.
Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 03 de Mayo de 2018.-
Firmado:
Sr. Rodolfo Gallo Sr. Fernando Valli
Secretario HCD Presidente HCD