Decreto Nº2936/2026
Decreto Nº 2936/2026
Tandil, 23/09/2026
Visto
La nota de la Jefa del Departamento de Operaciones y Estadísticas, por medio de la cual solicita la reubicación definitiva de Marina López - Legajo 11.124, a fin de adecuar la asignación de la misma a las necesidades de funcionamiento y organización del servicio.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Dese de baja la designación de Marina López - Legajo 11.124, como secretaria de la Dirección Médica del Hospital "Ramón Santamarina" en la categoría 12 - 48 horas semanales, retomando a su cargo de reserva como Personal Administrativo en la categoría 6 - 48 hs. semanales, dentro del personal de planta permanente, a partir del 9 de septiembre de 2026.
Artículo 2°: Reubíquese definitivamente a Marina López - Legajo 11.124, Personal Administrativo en la categoría 6 - 48 hs. semanales, dentro del personal de planta permanente. en el Departamento de Operaciones y Estadísticas prestando tareas en el sector de Consultorios Externos del Hospital de Niños "Debilio Blanco Villegas" del Sistema Integrado de Salud Pública, a partir del 9 de septiembre de 2026.
Artículo 3°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 4°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 18.00.00 Hospital de Niños "Debilio Blanco Villegas", 110 – Tesoro Municipal, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.1.0 Retribuciones del cargo, 1.1.1.6 Personal Administrativo, 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 – Por Antigüedad, 1.1.3.2 Por Extensión Horaria, 1.1.5.0 – Otros Gastos en Personal, 1.1.5.7 – Bonificación Especial, 1.1.7.0 – Complementos, 1.1.7.1 - Presentismo del Presupuesto en vigencia.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Presidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Operaciones y Estadísticas, de Recursos Humanos y Contaduría, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia