Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 19428
Bahia Blanca, 16/08/2018
Las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona un permiso de uso del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección B, Manzana 190s, Parcela 1, Partida 160.861 – Reserva de Equipamiento Comunitario a la Sociedad de Fomento y Cultura Altos del Pinar, y;
CONSIDERANDO
Que, a fs. 13, del expediente de la referencia obra copia de la Ordenanza 11.027, mediante la cual una vez perfeccionada la inscripción del inmueble a favor de la Comuna, se cede dicho bien a la Sociedad de Fomento Barrio Parque Independencia (Altos).
Que, a fs. 21/35 obra nota y documentación de la Sociedad de Fomento y Cultura Altos del Pinar que avala el cambio de su denominación.
Que, a fs. 48, consta la Ordenanza 18.745, mediante la cual se deja sin efecto la cesión del bien en cuestión a favor de la Sociedad de Fomento Barrio Parque Independencia (Altos) y se autoriza al Departamento Ejecutivo, a celebrar con la Sociedad de Fomento y Cultura Altos del Pinar un Convenio de Comodato para el uso del mencionado bien.
Que, a fs. 50, el Departamento Territorial informa que en el Convenio a realizar, se debe indicar el destino de uso comunitario, ya que el destino Sede Social, es un uso particular y no se adapta al de Reserva de Equipamiento Comunitario.
Que, a fs. 62, el Departamento Proyectos Urbanos informa que el inmueble corresponde a la Zona Rp2 (Residencial Parque 2) y tiene una superficie de 1022,9 m2. Evaluado el anteproyecto obrante a fs. 60, dicho Departamento informa que el mismo cumple con los Indicadores Urbanísticos correspondientes y sugiere incorporar a la propuesta un baño para discapacitados y controlar el cumplimiento de las medidas mínimas, iluminación y ventilación para cada ambiente, según exige el Código de Edificación vigente.
Que, a fs. 63, obra nuevo anteproyecto con la incorporación de un baño para discapacitados que a fs. 65, es avalado por el Departamento Proyectos Urbanos.
Que, a fs. 70, la Abogada de la Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Urbano sugiere gestionar y finalizar la inscripción del inmueble a favor de la Municipalidad de Bahía Blanca y modificar la Ordenanza 18.745, por la cual se autorice al Departamento Ejecutivo a realizar un Convenio de Permiso de Uso con la Sociedad de Fomento y Cultura Altos del Pinar con destino a uso público, tal como lo establecía la Ordenanza 11.027.
Que, a fs. 72, la Secretaría de Asesoría Letrada ratifica el criterio expuesto a fs. 70, no teniendo objeciones técnico-legales que realizar al respecto.
Que, a fs. 73, obra nota de la Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Urbano enviada a la Escribanía General de Gobierno solicitando se arbitren los medios para finalizar la inscripción del bien identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección B, Manzana 190s, Parcela 1, Partida 160.861.
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Modificase el Artículo 2º, de la Ordenanza 18.745, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a celebrar con la Sociedad de Fomento y Cultura Altos del Pinar un Convenio de Permiso de Uso sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección B, Manzana 190s, Parcela 1, Partida 160.861 – Reserva de Equipamiento Comunitario, a los efectos de destinarlo a uso público.
ARTICULO 2º: Deróguese el Artículo 3º, de la Ordenanza 18.745.
ARTICULO 3º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA ENLA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO.