Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 19405
Bahia Blanca, 26/07/2018
El Proyecto de Ordenanza referido al reconocimiento de los daños ocasionados al vehículo marca Chevrolet Corsa II 1.8 4p, Dominio GOV 904, propiedad del Señor Néstor Abel BESGA, DNI 5.399.520, y;
CONSIDERANDO
Que, teniendo en cuenta que, conforme surge del informe de fs. 7, el siniestro se produjo estando el vehículo en el Depósito Municipal de calle Undiano 1165, entre los días 23 y 24 de Agosto de 2016, ocasión en la cual el rodado aparentemente fue empujado generando que impactara contra un poste del lugar y provocando daños en su pintura.
Que, según dictaminó la Asesoría Letrada a fs. 20, en concordancia con lo expuesto por al Dirección de Control de Tránsito Urbano y por el letrado de dicha área, debería reconocerse al recurrente los daños denunciados, una vez que el mismo acredite el monto reclamado.
Que, a fs. 21, el Señor Besga, efectúa una presentación por la cual adjunta un presupuesto por el valor de las reparaciones, el cual asciende a la suma de Cinco Mil Novecientos Pesos ($ 5.900.-).
Que, asimismo, en dicha presentación, el recurrente renuncia a efectuar otro reclamo derivado de los hechos descriptos, conforme lo normado por la Ordenanza 12.714, en su Artículo 3º.
Que, a través del expediente 310-11739-2017, se dio inicio a las actuaciones para la sustanciación del correspondiente sumario.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Dispóngase el reconocimiento de los daños materiales producidos al vehículo Marca Chevrolet Corsa II 1.8 4p, Dominio GOV 904, propiedad del Señor Néstor Abel BESGA, DNI 5.399.520, en ocasión de estar secuestrado en el Depósito Municipal de calle Undiano 1.165.
ARTICULO 2º: Autorizase a Contaduría General a abonar al Señor Néstor Abel BESGA, DNI 5.399.520, la suma de Cinco Mil Novecientos Pesos ($ 5.900,00.-), en concepto de reconocimiento de daños ocasionados en su vehículo particular, Marca Chevrolet Corsa II 1.8 4p, Dominio GOV 904, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente 0/00-5800-2017 (251-HCD-2018).
ARTICULO 3º: Hágase saber al Señor Néstor Abel BESGA, que una vez utilizados los fondos, deberá rendir cuentas presentando la facturación correspondiente en la Secretaría de Gobierno.
ARTICULO 4º: Con la percepción de la suma mencionada en el Artículo 2º, de la presente Ordenanza, el Señor Néstor Abel BESGA, no podrá entablar ningún otro reclamo contra la Municipalidad de Bahía Blanca, bajo ningún concepto, derivado de los daños mencionados en el Artículo 1º.
ARTICULO 5º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la: Fuente 110, Jurisdicción 1110114000, Categoría Programática 01.00, Gasto 3.8.4.0.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás efectos.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO.