Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 19366
Bahia Blanca, 21/06/2018
Las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la revocación de un Convenio con la Asociación de Padres, Familia y Esperanza, aprobado por Decreto 2046/2016 y convalidado mediante Ordenanza 18.748, sobre los inmuebles identificados catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Manzana 251j, Parcelas 1 y 2, y;
CONSIDERANDO
Que, a fs. 98/99 del expediente de la referencia obra convenio celebrado entre la Municipalidad de Bahía Blanca y la mencionada institución, cuya cláusula séptima, establece que la comodante se reserva las siguientes facultades:
La prerrogativa de interceptar el convenio, resolver las dudas que ofrezcan su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, decretar su caducidad, rescisión o resolución y determinar los efectos de éstas, Los actos administrativos que se dicten en consecuencia tendrán caracteres y cualidades otorgados por al Ordenanza General 267. El ejercicio de tales prerrogativas será comunicado por medio fehaciente a las partes.
La revocación, modificación o sustitución del convenio por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, no generará derecho a indemnización en concepto de lucro cesante.
Que, a fs. 100. obra el Decreto 2046/2016, mediante el cual se aprueba el convenio mencionado y la convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante, mediante Ordenanza 18.748, promulgada por Decreto 3006/2016 (fs. 105 y 106 respectivamente).
Que, a fs. 109, la Asociación de Padres, Familia y Esperanza, solicita un cambio de inmueble para construir su sede, atento los actos vandálicos sufridos sobre las mejoras rea
lizadas, acompañando copia de las denuncias efectuadas por estos motivos.
Que, a fs. 116, el Departamento Territorial sugiere el otorgamiento del bien identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 217c, Parcela 14, Partida 193.812.
Que,, a fs. 123/124, la abogada de la Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Urbano sugiere, a fin de suscribir un nuevo convenio con la Asociación, derogar el Decreto 2046/2016 y la Ordenanza 18.748.
Que, a fs. 125, la Subsecretaría Legal y Técnica considerará conveniente la firma de un nuevo Convenio de Comodato con la APFE, observando que deberá adaptarse el anteproyecto a la parcela propuesta.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Revocase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Bahía Blanca y la Asociación de Padres, Familia y Esperanza, obrante a fs. 98/99, en un todo de acuerdo a los antecedentes del expediente 843-10427-2015 (1211-HCD-2016).
ARTICULO 2º: Deróguese el Decreto 2046/2016.
ARTICULO 3º: Deróguese la Ordenanza 18.748.
ARTICULO 4º: Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO.