Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº19339

Ordenanza Nº 19339

Bahia Blanca, 24/05/2018

La formalización de un nuevo convenio a suscribir entre este Departamento Ejecutivo y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, para la Terminación de 172 Viviendas en el Barrio Villa Esperanza, de un total de 448 Viviendas e Infraestructura en el Partido de Bahía Blanca, y;

 

CONSIDERANDO

 

A tal fin obra de fojas 2/4 el nuevo convenio, dicha Repartición otorgará un aporte financiero por la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TRECE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.933.313.68.-), y el financiamiento complementario por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 154.340,34.-) para la reactivación, ejecución y finalización del Proyecto antes mencionado

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTICULO 1º - Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un convenio con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, el cual tiene por objeto la asistencia financiera para la Terminación de 172 Viviendas en el Barrio Villa Esperanza de un total de 448 Viviendas e Infraestructura en el Partido de Bahía Blanca por la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TRECE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.933.313,68.-), y el financiamiento complementario por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 154.340,34.-), consistente en la reactivación, ejecución y finalización del proyecto, cuyo texto obra a fojas 2/4 del Expediente Nº 410-3468-2018 y que pasa a formar parte de la presente.

 

ARTICULO 2º - El Municipio acepta que se afecten los recursos de coparticipación que le correspondieren en garantía con beneficio de excusión de cumplimiento del reintegro establecido en el ARTICULO 4º del Convenio que se autoriza a suscribir.-

 

ARTICULO 3º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO.