Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 19308
Bahia Blanca, 03/05/2018
La presentación efectuada a fs. 1, por la Señora Stella Maris Holzmann, titular del inmueble sito en calle Honduras Nº 1.180, en la que solicita una reducción en el importe a abonar por Derechos de Construcción y el Artículo 200º, de la Ordenanza Fiscal vigente, y;
CONSIDERANDO
Que, según las constancias que obran en el expediente y el informe socio-económico de la División Servicio Social de fs. 15, se desprende que la titular del inmueble, jubilada y pensionada, tiene una hija, cuyos hijos, Juan Cruz Marlia Campastri y Mariano Rubén Marlia Campastri, tienen diferentes discapacidades (fs. 6/8).
Que, según el expediente de construcción 198-HCD-2016, se trata de una construcción sin permiso, con las superficies detalladas a fs. 21.
Que, atento ello, tal situación queda ajena a las rebajas previstas en el Artículo 200º, de la Ordenanza Fiscal vigente, tal como se desprende del informe del Departamento Recaudación, obrante a fs. 22.
Que, sin embargo, estas comisiones de Interpretación, Asuntos Legales, Derechos Humanos y Garantías, Obras Públicas, Urbanización y Vivienda Y Primera de Hacienda, aconsejan al Cuerpo Deliberativo otorgar, con carácter de excepción, una reducción del 50% en los derechos de construcción a abonar, sin que resulten exigibles intereses, con motivación en la particular situación que atraviesa a la familia peticionante.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTICULO 1º - Solicitar al Departamento Ejecutivo que arbitre los medios para que con el correspondiente cumplimiento de todas las normativas vigentes, pero también con la mayor celeridad dentro de las posibilidades, imponga el nombre A.R.A. San Juan, a una arteria o espacio público de la Ciudad de Bahía Blanca.
ARTICULO 2º - Arbitráse los medios para que una vez seleccionada la arteria o paseo que se defina como justo homenaje, se coloque en su recorrido alguna forma de referencia histórica que contenga información sobre los hechos acontecidos.
ARTICULO 3º - Notifíquese y entréguese copia de la presente Ordenanza a los familiares de la tripulación del A.R.A. San Juan.
ARTICULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO.