Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº19307

Ordenanza Nº 19307

Bahia Blanca, 26/04/2018

La presentación efectuada a fs. 1, por la Señora Stella Maris Holzmann, titular del inmueble sito en calle Honduras Nº 1.180, en la que solicita una reducción en el importe a abonar por Derechos de Construcción y el Artículo 200º, de la Ordenanza Fiscal vigente, y;

 

CONSIDERANDO

 

Que, según las constancias que obran en el expediente y el informe socio-económico de la División Servicio Social de fs. 15, se desprende que la titular del inmueble, jubilada y pensionada, tiene una hija, cuyos hijos, Juan Cruz Marlia Campastri y Mariano Rubén Marlia Campastri, tienen diferentes discapacidades (fs. 6/8).

 

Que, según el expediente de construcción 198-HCD-2016, se trata de una construcción sin permiso, con las superficies detalladas a fs. 21.

 

Que, atento ello, tal situación queda ajena a las rebajas previstas en el Artículo 200º, de la Ordenanza Fiscal vigente, tal como se desprende del informe del Departamento Recaudación, obrante a fs. 22.

 

Que, sin embargo, estas comisiones de Interpretación, Asuntos Legales, Derechos Humanos y Garantías, Obras Públicas, Urbanización y Vivienda Y Primera de Hacienda, aconsejan al Cuerpo Deliberativo otorgar, con carácter de excepción, una reducción del 50% en los derechos de construcción a abonar, sin que resulten exigibles intereses, con motivación en la particular situación que atraviesa a la familia peticionante.

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

La presentación efectuada a fs. 1, por la Señora Stella Maris Holzmann, titular del inmueble sito en calle Honduras Nº 1.180, en la que solicita una reducción en el importe a abonar por Derechos de Construcción y el Artículo 200º, de la Ordenanza Fiscal vigente, y;

 

CONSIDERANDO

 

Que, según las constancias que obran en el expediente y el informe socio-económico de la División Servicio Social de fs. 15, se desprende que la titular del inmueble, jubilada y pensionada, tiene una hija, cuyos hijos, Juan Cruz Marlia Campastri y Mariano Rubén Marlia Campastri, tienen diferentes discapacidades (fs. 6/8).

 

Que, según el expediente de construcción 198-HCD-2016, se trata de una construcción sin permiso, con las superficies detalladas a fs. 21.

 

Que, atento ello, tal situación queda ajena a las rebajas previstas en el Artículo 200º, de la Ordenanza Fiscal vigente, tal como se desprende del informe del Departamento Recaudación, obrante a fs. 22.

 

Que, sin embargo, estas comisiones de Interpretación, Asuntos Legales, Derechos Humanos y Garantías, Obras Públicas, Urbanización y Vivienda Y Primera de Hacienda, aconsejan al Cuerpo Deliberativo otorgar, con carácter de excepción, una reducción del 50% en los derechos de construcción a abonar, sin que resulten exigibles intereses, con motivación en la particular situación que atraviesa a la familia peticionante.

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de