Boletines/General San Martín

Decreto Nº2000/18

Decreto Nº 2000/18

General San Martín, 29/10/2018

Visto

Que por las presentes actuaciones se ha  procedido al llamado a Licitación Pública N° 61/18 celebrada el día 10 de septiembre de 2018, para la adquisición de ''MEDICAMENTOS", originado por la Secretarla de Salud  Pública, según expte.  19519-S-2018.-

Que la Comisión Permanente de Preadjudicaciones, la Dirección General de Compras yContrataciones   y  la   Contaduría   General   han   tomado   intervención aconsejando la aprobación  del Acto Licitatorio y en consecuencia la adjudicación de los rubros licitados. y;

Considerando

Que el Artículo 162 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia  de Buenos  Aires  menciona  como parte  integrante  del expediente  del  llamado a  licitación  el decreto de adjudicación.-

Que el  art.  176 de  la  normativa  mencionada  precedentemente  prevée  la  devolución  de garantías propuestas  no aceptadas.-

Por ello el Señor INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las atribuciones que le son propia

DECRETA

ARTICULO  1º: Apruébase  la  Licitación  Pública  Nº  61/18 celebrada  el día  10 de septiembre de 2018 para la adquisición de "MEDICAMENTOS", solicitado por la Secretaria  de  Salud Pública, según expte. 19519-S-2018 por los motivos expuestos en los considerandos.-

ARTICULO 2°: ADJUDICASE la licitación de la siguiente  manera: DNM FARMA S. A. renglones 1 a 4­- 10-12-13-15 a 21-25-28  a 33-35-40-41-43-44-46-49-53-54-56-57-60-62-64-66-68-70-71-72-74-76-80-83-88-89-91 a 95-97-99 a 103-105-106-108-109-111-114-117 a 120-123-124-126 a 128-130 por mejor precio.-$3.412.639.86; FERAVAL S. A. renglones 5 a 9-11-14-22-23-24-26-27- 34-36 a 39-42-45-47- 48-50 a 52-55-58-59-61-63-67-69-73-75-77 a 79-81-82-84 a 87-90-96-98-104-107-110-112-113-115-116-121-122-125-129 por mejor precio $1.958.231,10 todos por un total de $5.370.870,96 (pesos cinco millones trescientos setenta mil ochocientos setenta con noventa y seis ctvs.). El renglón  65 no se adquiere.­

ARTICULO 3º: Los fondos para  dar  cumplimiento  al  Artículo  anterior,  serán  tomados  de  la  cuenta: Jurisdicción 1.1.1.01.05.000 - Categoría Programática 43.01 - Fuente de Financiamiento 1.1.0 - Imputación Presupuestaria 2.1.1 Alimentos para Personas/ 2.5.1 Compuestos Químicos/2.5.2 Productos Farmacéuticos y Medicinales //Categoría Programática 43.01 - Fuente de Financiamiento 1.1.0 - Imputación Presupuestaría 2.1.1 Alimentos para Personas, Categoría Programática 01.02 - Fuente de Financiamiento 1.3.1 - lmputación Presupuestaria 2.5.2 Productos Farmacéuticos y  Medicinales// Categoría Programática 01.03 - Fuente de financiamiento 1.3.1 - lmputación Presupuestaria 2.5.2 Productos Farmacéuticos y Medicinales Categoría Programática 01.04 - Fuente de Financiamiento  1.3.1 - Imputación  Presupuestaria  2.5.2 Productos Farmacéuticos y Medicinales.

ARTICULO : Procédase a  la devolución  de las  garantías de ofertas no aceptadas a los oferentes  de la presente, dejándose expresa constancia de su retiro en el expediente de referencia.-

ARTICULO : El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda .­

ARTICULO 6º: Pase a la Secretaría de Gobierno y Seguridad para dar número de registro al presente y publíquese en el boletín Municipal.

ARTICULO 7º: Cúmplase y  a sus efectos pase  a  la Secretaria  de Economía  y  Hacienda (Dirección General de  Compras  y Contrataciones)  para  hacer   la  Orden  de  Compra  correspondiente. Luego tome conocimiento  la Contaduría  General  cumplido  resérvese  en  la misma.-