Boletines/General San Martín
Decreto Nº 2000/18
General San Martín, 29/10/2018
Visto
Que por las presentes actuaciones se ha procedido al llamado a Licitación Pública N° 61/18 celebrada el día 10 de septiembre de 2018, para la adquisición de ''MEDICAMENTOS", originado por la Secretarla de Salud Pública, según expte. 19519-S-2018.-
Que la Comisión Permanente de Preadjudicaciones, la Dirección General de Compras yContrataciones y la Contaduría General han tomado intervención aconsejando la aprobación del Acto Licitatorio y en consecuencia la adjudicación de los rubros licitados. y;
Considerando
Que el Artículo 162 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires menciona como parte integrante del expediente del llamado a licitación el decreto de adjudicación.-
Que el art. 176 de la normativa mencionada precedentemente prevée la devolución de garantías propuestas no aceptadas.-
Por ello el Señor INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las atribuciones que le son propia
DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébase la Licitación Pública Nº 61/18 celebrada el día 10 de septiembre de 2018 para la adquisición de "MEDICAMENTOS", solicitado por la Secretaria de Salud Pública, según expte. 19519-S-2018 por los motivos expuestos en los considerandos.-
ARTICULO 2°: ADJUDICASE la licitación de la siguiente manera: DNM FARMA S. A. renglones 1 a 4- 10-12-13-15 a 21-25-28 a 33-35-40-41-43-44-46-49-53-54-56-57-60-62-64-66-68-70-71-72-74-76-80-83-88-89-91 a 95-97-99 a 103-105-106-108-109-111-114-117 a 120-123-124-126 a 128-130 por mejor precio.-$3.412.639.86; FERAVAL S. A. renglones 5 a 9-11-14-22-23-24-26-27- 34-36 a 39-42-45-47- 48-50 a 52-55-58-59-61-63-67-69-73-75-77 a 79-81-82-84 a 87-90-96-98-104-107-110-112-113-115-116-121-122-125-129 por mejor precio $1.958.231,10 todos por un total de $5.370.870,96 (pesos cinco millones trescientos setenta mil ochocientos setenta con noventa y seis ctvs.). El renglón 65 no se adquiere.
ARTICULO 3º: Los fondos para dar cumplimiento al Artículo anterior, serán tomados de la cuenta: Jurisdicción 1.1.1.01.05.000 - Categoría Programática 43.01 - Fuente de Financiamiento 1.1.0 - Imputación Presupuestaria 2.1.1 Alimentos para Personas/ 2.5.1 Compuestos Químicos/2.5.2 Productos Farmacéuticos y Medicinales //Categoría Programática 43.01 - Fuente de Financiamiento 1.1.0 - Imputación Presupuestaría 2.1.1 Alimentos para Personas, Categoría Programática 01.02 - Fuente de Financiamiento 1.3.1 - lmputación Presupuestaria 2.5.2 Productos Farmacéuticos y Medicinales// Categoría Programática 01.03 - Fuente de financiamiento 1.3.1 - lmputación Presupuestaria 2.5.2 Productos Farmacéuticos y Medicinales Categoría Programática 01.04 - Fuente de Financiamiento 1.3.1 - Imputación Presupuestaria 2.5.2 Productos Farmacéuticos y Medicinales.
ARTICULO 4º: Procédase a la devolución de las garantías de ofertas no aceptadas a los oferentes de la presente, dejándose expresa constancia de su retiro en el expediente de referencia.-
ARTICULO 5°: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda .
ARTICULO 6º: Pase a la Secretaría de Gobierno y Seguridad para dar número de registro al presente y publíquese en el boletín Municipal.
ARTICULO 7º: Cúmplase y a sus efectos pase a la Secretaria de Economía y Hacienda (Dirección General de Compras y Contrataciones) para hacer la Orden de Compra correspondiente. Luego tome conocimiento la Contaduría General y cumplido resérvese en la misma.-