Boletines/General San Martín

Decreto Nº1939/18

Decreto Nº 1939/18

General San Martín, 24/10/2018

Visto

El Expediente Nº 4051 -7379-G-2009 la Sra. Valeria Elizabeth Marinato, argentina, soltera, D.N.I 27.876.668, gestiona la escrituración del inmueble adquirido a terceros sito en  la calle Italia Nº 9002 de localidad de José León Suarez, Partido General San Martín, Provincia de Buenos Aires. NOMENCLATURA CATASTRAL: CIRCUNSCRIPCIÓN: II; SECCIÓN: C; MANZANA: 178; PARCELA: 7, y;

Considerando

Que según lo dispuesto por la Ley  Nº 10.830, art. 4º  inciso  d, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos  Aires se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente.

Que la Ordenanza Nº 5363/93 y el  Decreto Nº 2325/93  facultan al Departamento Ejecutivo  a  Declarar  de  Interés  Social las escrituraciones de los inmuebles comprendidos en los Programas de Regularización  Dominial  que  se  efectúen  en  el  Partido  de  Gral.  San  Martín  a  fin  de  a requerir la intervención de la mencionada Escribanía General.

Que la Regularización Dominial de tierras en  situación  de marginalidad  urbana, como  las presentes, tiende a evitar una compleja problemática que da origen a los procesos de ocupación ilegal del suelo y precariedad habitacional.

Que  el  Programa  de  Regularización  Dominial  de  los  inmuebles  comprendidos, resulta de interés social  teniendo en cuenta  el  nivel  socio económico de los adquirientes y la necesidad  de otorgar seguridad jurídica a la titularidad de dominio sobre los mismos en un vasto sector del partido.

El Señor Intendente Municipal del Partido de General San Martín, en uso de sus facultades:

DECRETA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración peticionada por la Sra. Valeria  Elizabeth Marinato, argentina, soltera, D.N.I  27.876.668, gestiona la escrituración del inmueble adquirido a terceros sito en  la calle  Italia Nº 9002  de localidad  de José León  Suarez, Partido General San Martín , Provincia de Buenos Aires. NOMENCLATURA  CATASTRAL: CIRCUNSCRIPCIÓN:  II; SECCIÓN: C: M ANZANA: 178; PARCELA: 7

Artículo 2º: Requiérase la  intervención de la Escribanía General de Gobierno a los efectos de proceder  en consecuencia.

Articulo 3º: EI  presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos.

Artículo 4°: Dése a Registro  y  Boletín  Municipal, y  gírese  a  conocimiento de la  Secretaría  de Obra Servicios Públicos (Dcción. de Arquitectura y Vivienda). Cumplido, archívese.-