Boletines/General San Martín
Decreto Nº 1929/18
General San Martín, 24/10/2018
Visto
Las presentes actuaciones relacionadas con los autos caratulados "SUAREZ LIDIA ALEJANDRA C/ MONTINI EULOGIO y OTRA S/ EJECUCIÓN HIPOTECARIA" Expediente Nº 69075 tramitado ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°2 del Departamento Judicial de San Martín, por el inmueble catastralmente designado como:Circ.2 - Secc. M- Mza.25 - Parc.23 - Pda. N° 69852 y;
Considerando
Que en los presentes actuados se notifica al Municipio la sentencia Judicial de liberación de la deuda por tasas municipales anteriores a la fecha de toma de posesión del inmueble por el adquirente (27/03/2018).
Que la deuda devengada con anterioridad a la fecha de toma de posesión del inmueble debe ser reclamada en la actuación judicial en la que se hace referencia precedentemente.
Que a fs.6/8 el Departamento de Tasas Inmobiliarias dependiente de la Dirección de Recaudación y Servicios adjunta estado de deuda.
Que a fs.9 El Departamento Judicial de la Dirección General de Control Legal y Técnico solicita el dictado del presente acto administrativo
Por ello el Señor INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL SAN MARTIN, en uso de las atribuciones que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Liberase al adquirente en subasta pública judicial SRA.BLANCA MARIA DIAZ DNI 13566732, de la deuda que registre por impuestos, tasas y contribuciones devengadas con anterioridad a la fecha de posesión 27/03/2018), respecto del inmueble catastralmente designado como: Circ.2 - Secc.M - Mza.25 - Parc.23 - Pda. N° 69852 .
ARTICULO 2º: Procédase a la baja técnica de la deuda que mantiene el referido inmueble anterior a la fecha de posesión por el comprador (27/03//2018) continuando, la misma, a nombre del titular anterior debiendo realizarse por parte del Departamento Judicial- Dirección General de Control Legal y Técnico todas las acciones tendientes al recupero.
ARTICULO 3º: Procédase a través de la Dirección General de Control Legal y Técnico a recabar el nombre y domicilio legal de los nuevos titulares y a citarlos a efectos de que acrediten titularidad de dominio.
ARTICULO 4º: Procédase a través de la Dirección de Obras Particulares a modificar el nombre del responsable del inmueble y domicilio legal desde la fecha de posesión por parte de los compradores, según surja de estos actuados y al cambio de la titularidad del mismo cuando se presenta la documentación pertinente.-
ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 6º: Dese al Registro y Boletín Municipal. Tome conocimiento e intervención la Secretaría de Economía y Hacienda (Subsecretaría de Ingresos Municipales), Secretaría de Obras y Servicios Públicos (Dirección de Obras Particulares) y Secretaría de Gobierno y Seguridad (Dirección General de Control Legal y Técnico). Cumplido ArchÍvese.-