Boletines/General San Martín
Decreto Nº 1922/18
General San Martín, 24/10/2018
Visto
Que por las presentes actuaciones se ha procedido al llamado a Licitación Privada Nº: 139, celebrado el día 17 de Septiembre de 2018, efectuada para la PROVISION DE VIVERES SECOS, según expte. Nº 22436-S-18, originado por la Secretaria de Desarrollo Social y Humano.
Que la Comisión Permanente de Preadjudicaciones, la Dirección de Compras y Contrataciones y la Contaduría General han tomado intervención aconsejando la aprobación del Acto Licitatorio y en consecuencia la adjudicación de los rubros licitados y,
Considerando
Que en art. 190 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de la Provincia de Buenos Aires menciona, como parte integrante del expediente del llamado a licitación el decreto de adjudicación.-
Que el art. 176 de la normativa mencionada precedentemente prevé la devolución de garantías propuestas no aceptadas.-
Por ello el Señor INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las atribuciones que le son propias:
DECRETA
ARTICULO 1°: Apruébase la presente LICITACION PRIVADA Nº: 139 celebrada el día 17 de Septiembre de 2018, efectuada para la PROVISION DE VIVERES SECOS, originada por la Secretaría de Desarrollo Social y Humano, según expte N°: 22436-S-18.-
ARTÍCULO 2º: ADJUDICASE la Licitación a la Empresa APRILE DAMIAN ROGELIO el R:01,02,04 por Mejor Precio de $ 935.200 (pesos novecientos treinta y cinco mil doscientos). GRUPO VALBER S.R.L. R: 03 por ajustarse a lo solicitado de $ 650.000 (seiscientos cincuenta mil)
ARTICULO 3°: Los fondos para dar cumplimiento al artículo anterior serán tomados de la cuenta Jurisdicción 1.1.1.01.07.000 - Secretaría de Desarrollo Social y Humano-categoría Programática 20.03 Dispositivos de atención de población focalizada-Fuente de Financiamiento 1.1.0 Tesoro Municipal- Objeto del Gasto 2.1.1 Alimentos para personas.
ARTICULO 4°: Procédase a la devolución de las garantías de ofertas no Aceptadas a los oferentes de la presente, dejándose expresa constancia de su retiro en el expediente de referencia.
ARTICULO 5°: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 6°: Pase a la Secretaria de Gobierno para dar número de registro al presente y publíquese en el Boletín Municipal.
ARTICULO 7°: Cúmplase y a sus efectos pase a la Secretaría de Economía y Hacienda (Dirección de Compras y Contrataciones) para la confección de la orden de compra . Cumplido, tome conocimiento la Contaduría General y resérvese la misma.