Boletines/General San Martín

Decreto Nº1919/18

Decreto Nº 1919/18

General San Martín, 24/10/2018

Visto

Las presentes actuaciones relacionadas con los autos caratulados "MUEBLES HAWAII DE HUGO ALBERTO  MENÉNDEZ Y SANTIAGO WARCOVESKY  S/ CONCURSO  PREVENTIVO  (EXPTE. 61847), tramitado ante el Juzgado  de Primera Instancia en lo Civil Nº 7 de San Martín, por el inmueble  catastralmente designado como: Circ. I - Secc. A - Mza. 17 - Parc. 07 - Subparc. 00- 00, - Pda.Nº 29405  y;

Considerando

Que en los presentes actuados se notifica al Municipio la sentencia Judicial de liberación de deuda por tasas municipales anteriores a la fecha de toma de posesión del inmueble por el adquirente (24/02/12) .

Que la deuda devengada con anterioridad a la fecha  de toma de posesión del inmueble debe ser reclamada en la actuación judicial en la que se hace referencia precedentemente .

Que a fs. 17 el Dpto. Judicial - Dirección de Asesoría Jurídica, solicita el dictado del presente acto administrativo .

Que a fs. 18/20 el Dpto. de Tasas  Inmobiliarias - Dirección   de Recaudación y Servicios, adjunta estado de deuda e informa que según sistema informático,  el inmueble se encuentra afectado a trámite judicial (Certificado de Deuda N° 116816).

Que por ello,  el Señor INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL SAN MARTIN, en uso de  las  atribuciones que le son propias;

D  E  C  R  E T A

ARTICULO 1º: Liberase  al adquirente  en subasta  pública judicial, (A.N.S.E.S)  Administración Nacional de la Seguridad Social, de la deuda que  registre  por  impuestos, tasas  y contribuciones devengada con anterioridad a la fecha de toma de posesión (24/02/12), respecto a los inmuebles catastralmente designados como: Circ. I - Secc. A - Mza. 17 - Parc. 07 - Subparc. 00-00, - Pda. Nº 29405.

ARTICULO 2°: Procédase a la baja técnica de la deuda que mantiene el referido inmueble devengada con anterioridad a la fecha (24/02/12) toma de  posesión del inmueble, continuando la misma, a nombre del titular anterior debiendo realizarse por parte de la Dirección de Asesoría Jurídica todas las acciones tendientes al recupero.

ARTICULO 3º: Procédase a través de la Dirección de Asesoría Jurídica a recabar el nombre y domicilio legal de los nuevos titulares y a citarlos a efectos de que acrediten titularidad de dominio.

ARTICULO 4º: Procédase a través de la Dirección de Obras Particulares a modificar el nombre del responsable del  inmueble y domicilio legal desde la fecha de posesión por parte de los compradores, según surja de estos  actuados y al cambio de  la titularidad del mismo cuando se presenta la documentación pertinente.

ARTICULO  5º: El  presente  Decreto  será  refrendado  por  el  Sr. Secretario  de  Economía y Hacienda.

ARTICULO 6º: Dese al Registro y Boletín Municipal. Tome conocimiento e intervención la Secretaría de Economía y Hacienda (Subsecretaría de Ingresos Municipales), Secretaría de Obras y Servicios Públicos (Dirección de Obras Particulares) y Secretaría de Gobierno y Seguridad (Dirección de Asesoría Jurídica). Cumplido Archívese.