Boletines/General San Martín
Decreto Nº 1887/18
General San Martín, 12/10/2018
Visto
La Ordenanza obrante a fojas 8/9 del presente expediente, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 26 de Septiembre del año 2018, y
Considerando
Que es necesario dictar la norma legal mediante la cual este Departamento Ejecutivo Promulga dicha medida, según lo dispone el artículo 108°, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
Por todo ello, el Señor Intendente Municipal del Partido de General San Martín en uso de sus atribuciones:
D E C R E T A
ARTICULO 1°: PROMULGASE bajo el Nº 12311 la Ordenanza sancionada el día 26 de Septiembre del año 2018, por el Honorable Concejo Deliberante, cuyo texto a continuación se transcribe:
ARTICULO 1º: Declárese el año 2019 como "Año del Centenario del Nacimiento de Eva Duarte de Perón" en conmemoración al cumplimiento de su 100 aniversario.-
ARTICULO 2º: Dispóngase que durante el año 2019 toda la documentación oficial de la administración pública municipal deberá llevar la leyenda "2019 - AÑO DEL CENTENARIO DEL NACIMIENTO DE EVA DUARTE DE PERON".-
ARTICULO 3º: EI Departamento Ejecutivo a través de la autoridad que disponga realizará las acciones tendientes a rememorar, destacar y reflexionar junto a la comunidad académica y estudiantil de las instituciones educativas provinciales, sobre el legado político social y cultural de Eva María Duarte de Perón haciendo principal hincapié en su labor a favor de la inclusión social, en su papel activo en la proclamación de los derechos laborales y sociales, y en su lucha por los derechos de las mujeres.-
ARTICULO 4°: lnvitase a los municipios a adherir a la presente Ordenanza .-
ARTICULO 5º: Dese amplia difusión de la presente por todos los medios periodísticos locales.-
ARTICULO 6°: Los gastos emanados de la presente Ordenanza , se imputarán al Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
ARTICULO 2º: Por la Secretaría para la Integración Educativa, Cultural y Deportiva, efectúense las tramitaciones pertinentes.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado, por el Señor Secretario de Gobierno y Seguridad.-
ARTICULO 4°: Dése al Registro y Boletín Municipal. Pase a conocimiento e intervención de la Secretaría para la Integración Educativa, Cultural y Deportiva, atento lo dispone el artículo 2° que antecede.-