Boletines/General San Martín

Decreto Nº1885/18

Decreto Nº 1885/18

General San Martín, 12/10/2018

Visto

La Ordenanza obrante a fojas 33/34 del  presente expediente, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 26 de Septiembre del año 2018,  y

Considerando

Que es necesario dictar la norma  legal  mediante la cual  este Departamento Ejecutivo Promulga dicha medida, según lo dispone el  artículo 108º, inciso 2° de la  Ley Orgánica de las Municipalidades,

Por todo ello, el Señor Intendente Municipal del Partido de General San Martín en uso de sus atribuciones:

D   E   C   R   E T A

ARTICULO  1º: PROMULGASE bajo el Nº 12309 la Ordenanza sancionada el día 26 de Septiembre del año 2018, por el Honorable Concejo Deliberante,  cuyo texto  a continuación  se transcribe:

ARTICULO 1º: Autorízase  al  Departamento  Ejecutivo a delimitar un Espacio  Reservado para estacionamiento de vehículos de Persona  con Discapacidad, a favor del Sr. Perrotta Daniel Héctor (D.N.I. Nº 11.221.239) con su correspondiente señalización vertical con la leyenda "Prohibido Estacionar  -  Reservado Personas con Discapacidad".

ARTICULO 2º: Establécese  que  el espacio autorizado, corresponde al vehículo marca Chevrolet, modelo Corsa, con dominio CZB 448,en una extensión de 5 mts. (cinco metros) lineales,a ubicarse sobre la calle 109 (Quintana) Nº 2359, Partido de General  San Martín, individualizado  mediante señalización vertical determinada en el Anexo "A", obrante a fojas 23 de los expedientes HCD Nº 248-0-2018 y DE Nº 27881-P-2017, que forma parte integrante de la presente, conjuntamente con el pintado de cordón de color amarillo.-

ARTICULO 3º: La presente autorización tendrá vigencia hasta el día 14/11/2022, pudiendo ser renovada por el Departamento Ejecutivo a pedido del interesado, quien deberá acreditar el otorgamiento del nuevo Certificado de Incapacidad. Queda asimismo facultado el Departamento Ejecutivo a autorizar el cambio de vehículo previa acreditación de la titularidad, según corresponda.-

ARTICULO 4°: La Dirección de Tránsito y Transporte (División de Señalamiento) procederá a supervisar y efectuar la señalización correspondiente.-

ARTICULO 5º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, se imputarán a la partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

ARTICULO 2: Por la Dirección de Tránsito y Transporte y la Secretaría de Obras y Servicios Públicos (División de Señalamiento), efectúense las tramitaciones pertinentes.-

ARTICULO 3º: El  presente  Decreto  será  refrendado,  por  el  Señor  Secretario  de  Gobierno  y Seguridad.-

ARTICULO 4°: Dése  al  Registro y Boletín Municipal. Pase a conocimiento e intervención  de  la Dirección de Tránsito y Transporte y la Secretaria de Obras y Servicios Públicos (División de Señalamiento), atento lo dispone el artículo 2° que antecede

Anexos

cartel

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