Boletines/General San Martín
Decreto Nº 1885/18
General San Martín, 12/10/2018
Visto
La Ordenanza obrante a fojas 33/34 del presente expediente, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 26 de Septiembre del año 2018, y
Considerando
Que es necesario dictar la norma legal mediante la cual este Departamento Ejecutivo Promulga dicha medida, según lo dispone el artículo 108º, inciso 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
Por todo ello, el Señor Intendente Municipal del Partido de General San Martín en uso de sus atribuciones:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: PROMULGASE bajo el Nº 12309 la Ordenanza sancionada el día 26 de Septiembre del año 2018, por el Honorable Concejo Deliberante, cuyo texto a continuación se transcribe:
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a delimitar un Espacio Reservado para estacionamiento de vehículos de Persona con Discapacidad, a favor del Sr. Perrotta Daniel Héctor (D.N.I. Nº 11.221.239) con su correspondiente señalización vertical con la leyenda "Prohibido Estacionar - Reservado Personas con Discapacidad".
ARTICULO 2º: Establécese que el espacio autorizado, corresponde al vehículo marca Chevrolet, modelo Corsa, con dominio CZB 448,en una extensión de 5 mts. (cinco metros) lineales,a ubicarse sobre la calle 109 (Quintana) Nº 2359, Partido de General San Martín, individualizado mediante señalización vertical determinada en el Anexo "A", obrante a fojas 23 de los expedientes HCD Nº 248-0-2018 y DE Nº 27881-P-2017, que forma parte integrante de la presente, conjuntamente con el pintado de cordón de color amarillo.-
ARTICULO 3º: La presente autorización tendrá vigencia hasta el día 14/11/2022, pudiendo ser renovada por el Departamento Ejecutivo a pedido del interesado, quien deberá acreditar el otorgamiento del nuevo Certificado de Incapacidad. Queda asimismo facultado el Departamento Ejecutivo a autorizar el cambio de vehículo previa acreditación de la titularidad, según corresponda.-
ARTICULO 4°: La Dirección de Tránsito y Transporte (División de Señalamiento) procederá a supervisar y efectuar la señalización correspondiente.-
ARTICULO 5º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, se imputarán a la partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
ARTICULO 2: Por la Dirección de Tránsito y Transporte y la Secretaría de Obras y Servicios Públicos (División de Señalamiento), efectúense las tramitaciones pertinentes.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado, por el Señor Secretario de Gobierno y Seguridad.-
ARTICULO 4°: Dése al Registro y Boletín Municipal. Pase a conocimiento e intervención de la Dirección de Tránsito y Transporte y la Secretaria de Obras y Servicios Públicos (División de Señalamiento), atento lo dispone el artículo 2° que antecede
cartel
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