Boletines/General San Martín

Decreto Nº1880/18

Decreto Nº 1880/18

General San Martín, 12/10/2018

Visto

El  Decreto  Nº   1151/13  obrante  de  fs.   76  a   79  del  presente expediente, mediante el cual se autoriza a la Secretarla de Desarrollo Social a otorgar mediante Resolución fundada Ayudas Económicas atento el Proyecto Institucional aprobado por el Ministerio de Desarrollo Social, el que luce de fs. 89 a 92, en el marco de aplicación de recursos del Fondo de Fortalecimiento de Programas  Sociales y  Saneamiento Ambiental,  Ley  13.163 y  su  modificatoria Ley 13.404; y

Considerando

Que resulta necesario incrementar el monto de las mencionadas  Ayudas  Económicas,  "y elevarlo hasta un importe de $30.000";

Que por lo expuesto deberá modificarse el monto estipulado en el Artículo 2° del Decreto 1151/13  y  sus  modificatorios Nº  1972/14, 398/16 y 2113/16;

Por   ello,   el  SR. INTENDENTE MUNICIPAL  en uso de sus atribuciones y facultades:

DECRETA

ARTÍCULO 1°: Modificase el Artículo 2° del Decreto Nº 1151/13 y sus modificatorios Nº 1972114, 398/16 y 2113/16, el que quedará redactado de la  siguiente manera: "Artículo 2°: La ayuda  económica  no  deberá  exceder  la  suma de $30.000 (pesos treinta mil), y podrá ser otorgada en la cantidad de cuotas que disponga la Secretaría de Desarrollo Social, no debiendo prolongarse por más de 6 (seis) meses, pudiendo excepcionalmente ser renovadas con informes de causales fundados. La  suma  total  de  $30.000 (pesos treinta mil) también podrá ser otorgada en pagos únicos, que el funcionario, previa evaluación del caso, estipulará de acuerdo a cada problemática  en particular .-"

ARTÍCULO  2°:  Los restantes  artículos  del Decreto N° 1151/13 mantienen  su plena vigencia a todos los fines previstos originalmente.-

ARTICULO  3°:  El presente  Decreto  será  refrendado  por  los  Sres. Secretarios  de Desarrollo Social y de Economía y Hacienda.-

ARTICULO  4°: Dése al Registro y Boletín Municipal. Remítase para   conocimiento e intervención  de  la  Secretaría  de  Economía  y  Hacienda   (Contaduría  General  y Tesorería), y Secretaría de Desarrollo Social. Cumplido, vuelva a la Secretaría de Desarrollo Social.