Boletines/General San Martín
Decreto Nº 1853/18
General San Martín, 05/10/2018
Visto
Que desde el 6 de octubre al 16 de noviembre de 2018, se realizará en el Museo Casa Carnacini, de Villa Ballester, la exposición "Berni, Ramona y otras mujeres", y;
Considerando
Que Antonio Berni es uno de los artistas plásticos más importantes de la Argentina y el mundo.
Que posee un lugar destacado en nuestra ciudad. En 1981, poco antes de fallecer súbitamente, trabajó en una escultura del Martín Fierro en tamaño real a pedido de la Municipalidad, que fue inaugurada en noviembre del mismo año y que aún hoy se encuentra en la plaza "Del Gaucho" ubicada en el centro del distrito.
Que asimismo, contamos con la Escuela de Artes Visuales "Antonio Berni", una institución pública, reconocido en la región que permite que cientos de vecinas y vecinos puedan acceder de manera gratuita a una oferta de carreras de arte y diseño.
Que dicha exposición permitirá a los vecinos del Partido y de otras jurisdicciones admirar y apreciar las diferentes facetas artísticas.-
Que la misma servirá para mostrar al Municipio como generador de actividad cultural y pedagógica a nivel municipal, regional y nacional.-
Que contará con entrada libre y gratuita para el público en general.-
Que a efectos de llevar adelante dicha exposición, se hace necesario incurrir en gastos imprescindibles que deben ser solventados con absoluta celeridad para dar al público un trato adecuado.-
Por todo ello, el Señor Intendente Municipal de General San Martín, en uso de las atribuciones que le son propias:
DECRETA
ARTICULO 1°: Autorizase a la Dirección de Contaduría a librar a favor de la Sra. Pamela Andrea Ferreyra, DNI N° 29.732.446, por la suma de $15.000,- (Pesos, quince mil), una orden de pago con cargo a rendir cuenta documentada, destinado a afrontar gastos referentes a la Muestra "Berni, Ramona y otras mujeres", que se llevará a cabo desde el 6 de octubre al 16 de noviembre de 2018.-
ARTÍCULO 2°: La suma indicada en el Artículo 1º, será imputada a la Cuenta de Activo 1.1.3.4.8.03 Anticipos Varios-Personas. Al momento de efectuar la rendición correspondiente a los gastos realmente efectuados serán imputados a la Jurisdicción 1.1.1.01.01.000, F.F: 1.1.0 Cat. Prog. 16.01 Unidad Ejecutora 301, al objeto del gasto que corresponde de acuerdo a la naturaleza del mismo. Si hubiera saldo remanente el mismo será reintegrado en el momento de la rendición.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Integración Educativa, Cultural y Deportiva y el Señor Secretario de Economía y Hacienda .-
ARTICULO 4°: Dése al Registro y Boletín Municipal. Pase a conocimiento e intervención de la Secretaría de Economía y Hacienda y Subsecretaría de Cultura. Por la Subsecretaria de Comunicación Pública, dese amplia difusión. Cumplido archívese.