Boletines/General San Martín

Decreto Nº1830/18

Decreto Nº 1830/18

General San Martín, 03/10/2018

Visto

Que por las presentes actuaciones se solicita el cambio de titularidad del Nicho Nº 576 - Fila 4 - Planta Baja -Galería 9,  y;

 

Considerando

Que la  Dirección  de Cementerio ha  tomado  intervención  dando cuenta  de la titularidad  del mismo;

Que  a  fs.  17  y   18  obra  el  desistimiento  de  los  Señores  Raúl   Sergio Torcoletti , Daniel Ornar Torcoletti y Myriam Mabel Torcoletti;

Que a fs. 35 obra el desistimiento del Señor Horacio Raúl Ferreri y a fs.  36 y 39 nota de la Señora Graciela Mónica Ferreri  solicitando  la  reinscripción  de dicho nicho a su favor, ambos hijos de uno de los titulares Sara Enriqueta Torcoletti, cuyo certificado de discapacidad luce a fs. 28;

Que la Dirección de Auditorías Legales y Dictámenes en su dictamen de  fs. 41 aconseja reinscribir los derechos del bien a favor de la peticionante;

Por todo ello, el   Señor  Intendente  Municipal  del  Partido de General  San Martín en uso de las atribuciones que le son propias:

DECRETA

ARTICULO 1º: Autorízase la reinscripción del Nicho Nº 576 - Fila 4 - Planta Baja - Galería 9, arrendado a Perpetuidad, del Cementerio local, por quienes fueran en  vida Sara Sartori de Torcoletti y Alberto Raúl Torcoletti, a favor de GRACIELA  MONICA  FERRERI (100%), D.N.I. Nº 6.209 .839, conforme certificado de discapacidad obrante a fs. 28 correspondiente a Sara Enriqueta Torcoletti, sin perjuicio de la aparición de terceros u otros herederos con igual o mejor derecho.

ARTICULO  2º:  Previo  a  hacer  efectiva  la reinscripción  que por  el  Art.  1 º se autoriza,   la Dirección de Cementerio procederá al cobro de los impuestos adeudados, según lo determina la Ordenanza Impositiva vigente.

ARTICULO 3°: La Secretaría de Economía y Hacienda (Dirección de Control de Ingresos), de conformidad con lo dispuesto por el Art. 1º, procederá a extender la certificación correspondiente, practicará la liquidación de los derechos determinados en la Ordenanza Impositiva vigente y entregará un ejemplar del presente.

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y  Servicios Públicos.

ARTICULO 5º: Dése al  Registro Municipal.  Pase a conocimiento  e  intervención  de la   Secretaría de Obras y Servicios Públicos (Dirección de Cementerio) y de la Secretaría Economía y Hacienda  Dirección de Control de Ingresos). Notifíquese fehacientemente del contenido del presente a la contribuyente solicitante. Fecho, archívese.