Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13022/18
Quilmes, 09/11/2018
VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente 4091-5793-B-98 y Agdos. 2335-32106-98 y 4091-18896-D-01 ha sancionado la Ordenanza Nº 13022/18 en la Sesión Ordinaria del día 23 de Octubre de 2018, que dice:
VISTO
El Expte. Nº 4091-5793-B-98 Agregados los Expedientes Nº 2335-32106/98 y 4091-18896-D-01. Ref.: BARRIO COMUNITARIO “20 DE JUNIO” y SOCIEDAD DE FOMENTO “25 DE MAYO”, Reiteración pedido compra de inmueble fiscal y
CONSIDERANDO
Que los inmuebles objeto de las presentes actuaciones han sido efectivamente donados a este Municipio, mediante Resolución Nº 11108 del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, según consta a fs. 151/152 del Expediente Nº 4091-5793-B-1998;
Que mediante Decreto Nº 1234/12 se han inscripto a nombre de la Municipalidad de Quilmes, los inmuebles que seguidamente se detallan identificados como; Nomenclatura Catastral: Circunscripción VII, Sección E, Manzana 69, Parcelas 4, 5, 13, 15, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23, el cual obra a fojas 284/285/285 vuelta; del denominado Barrio Comunitario “20 de Junio”;
Que en función a los hechos detallados “ut supra” corresponde dar cumplimiento a las prescripciones de la Ley Nº 11.418 y su Decreto Reglamentario Nº 2845/94;
Que los solicitantes cumplen con los requisitos exigidos en la Ordenanza Nº 5397/85 de venta de lotes fiscales;
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1º: DISPONESE la venta de los inmuebles fiscales, propiedad de la Municipalidad de Quilmes, a los adquirientes y por los montos que se detallan en el Anexo I, el cual se agrega a la presente como parte integrante de la misma.-
ARTICULO 2º: AUTORIZASE al Intendente Municipal en su carácter de titular del Departamento Ejecutivo a suscribir las escrituras traslativas de dominio, una vez finalizadas las actuaciones tendientes a obtener la totalidad del precio de venta fijado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo por intermedio de su dependencia específica Fijará la cantidad y monto de las cuotas que deberán abonar los adquirientes, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 5397/85.-
ARTICULO 4º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.-
Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.
Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º: PROMULGASE la Ordenanza N° 13022/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 23 de Octubre de 2018.-
ARTICULO 2º: DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.-
DR. IGNACIO C. ALBERTO MARTINIANO MOLINA
SECRETARIO LEGAL Y TECNICO INTENDENTE
DECRETO Nº 4963/2018