Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº13020/18

Ordenanza Nº 13020/18

Quilmes, 09/11/2018

VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente 4091-7838-S-18 ha sancionado la Ordenanza Nº 13020/18 en la Sesión Ordinaria del día 23 de Octubre de 2018, que dice:

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:

ARTICULO 1º: MODIFICASE el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 11.799/11 de fecha 13 de Diciembre de 2011, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 1º: Declarar de Interés Municipal a la Campaña Nacional de Concientización Vial ESTRELLAS AMARILLAS en el Partido de Quilmes.

ARTICULO 2º: INCORPORASE como Artículo 5º bis de la Ordenanza Nº 11.799/11 de fecha 13 de Diciembre de 2011, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 5º BIS: Los gastos que demande la confección de las  estrellas amarillas estarán incluídos en la Partida Presupuestaria Anual de la Secretaría competente.

ARTICULO 3º: INCORPORASE como Artículo 5º TER  de la Ordenanza Nº 11.799/11 de fecha 13 de Diciembre de 2011, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 5º TER: Con posterioridad a la realización de trabajos de mantenimiento del pavimento u otros que se efectúen en este, el Municipio y/o el contratista adjudicatario de la/s obra/s, serán responsables del repintado de la/s estrella/s eventualmente dañada/s una vez concluidas las tareas.

ARTICULO 4º: INCORPORASE como Artículo 6º BIS de la Ordenanza Nº 11.799/11 de fecha 13 de Diciembre de 2011,  el siguiente texto:

ARTICULO 6º BIS: El 1º sábado de Noviembre de cada  año en conmemoración del Día de la Seguridad Vial se llevará a cabo una Corre-Caminata en la Ciudad de Quilmes, en la cual se homenajeará a todas las víctimas fatales de hechos de inseguridad vial en el Partido.

La actividad tendrá como misión incentivar el buen comportamiento al momento de conducir, la toma de conciencia y la participación de toda la Comunidad; con el fin de revertir las alarmantes cifras que constituyen una de las principales causas de mortalidad y daño físico.

ARTICULO 5º: MODIFICASE el Artículo 7º de la Ordenanza Nº 11.799/11 de fecha 13 de Diciembre de 2011, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 7º: IMPLEMENTASE el “Programa de Educación Vial” en los Establecimientos Educativos Primarios y Secundarios de Partido de Quilmes a través de la Escuela de Capacitación Continua de la Dirección de Observatorio y Estadística Vial, perteneciente a la agencia de Fiscalización y Control Comunal.

ARTICULO 6º: FACULTASE al Departamento Ejecutivo a  arbitrar las  medidas necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza.

ARTICULO 7º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.

 

Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.

         Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO   1º:   PROMULGASE la Ordenanza N° 13020/18  sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 23 de Octubre de 2018.-

ARTICULO   2º:   DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.-

 

DR. IGNACIO C. ALBERTO                               MARTINIANO MOLINA

SECRETARIO LEGAL Y TECNICO                          INTENDENTE

DECRETO Nº 4962/2018