Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13015/18
Quilmes, 25/10/2018
VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente 4091-21701-B-13 ha sancionado la Ordenanza Nº 13015/18 en la Sesión Ordinaria del día 09 de Octubre de 2018, que dice:
VISTO
El Expediente Nº 4091-21701-B-13, Ref.: BICOCCA, OSCAR, La Ordenanza Nº 12.324, el Decreto 4727/14, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza Nº 12.324, promulgada mediante Decreto Nº 4727/14 se autorizó la transmisión de dominio a título gratuito del bien designado Catastralmente como Circunscripción I, Sección J, Manzana 30, Parcela 11d, el cual constituye excedente fiscal por plano 86-75-2013 de acuerdo a los términos de la Ley Provincial Nº 9533, a favor de BICOCCA, José Esteban;
Que conforme surge de la presentación obrante a fojas 40 del Expediente citado en el Visto de la presente, el Señor Bicocca, Oscar Daniel hace referencia que la autorización conferida adolece de un error en el nombre del beneficiario;
Que a fojas 47 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Municipio en el cual se deja constancia que “En los presentes obrados se efectuó correctamente el trámite de estilo hasta llegar a la sanción de la Ordenanza Nº 12.324/14 promulgada por Decreto Nº 4727/14 (fojas 30 a 34), produciéndose un error en el nombre de pila en el beneficiario” y por consiguiente “nada tiene que objetar al proyecto de Ordenanza modificatoria de la promulgada, que autoriza la adjudicación del excedente fiscal mencionado a favor del Señor BICOCCA, OSCAR DANIEL;”
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1º: MODIFICASE la Ordenanza Nº 12324/14, el que quedará redacto de la siguiente manera:
ARTICULO 1º: AUTORIZASE la transmisión de dominio a título gratuito del bien designado Catastralmente como: Circunscripción I, Sección J, Manzana 30, Parcela 11d, el cual constituye excedente fiscal por plano Nº 86-75-2013, de acuerdo a los términos de la Ley Provincial Nº 9533, a favor de BICOCCA, Oscar Daniel D.N.I 10.611.723.-
ARTICULO 2º: AUTORIZASE al Señor Intendente Municipal a otorgar la correspondiente escritura pública, habiéndose cumplimentado los requisitos exigidos, tal como surge de lo actuado en el Expediente Nº 4091-21701-B-2013.-
ARTICULO 2º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.
Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º: PROMULGASE la Ordenanza N° 13015/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 09 de Octubre de 2018.-
ARTICULO 2º: DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.-
DR. IGNACIO C. ALBERTO MARTINIANO MOLINA
SECRETARIO LEGAL Y TECNICO INTENDENTE
DECRETO Nº 4539/2018.-