Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 963/18
Adolfo Gonzales Chaves, 11/09/2018
Visto
La Causa Penal caratulada: VASSOLO, Carmen Haydée sobre Falsificación y Uso de Documento Público falso – Dte. CAPRILE, Matías Hernán en representación de Municipalidad de A. G. Chaves – IPP Nº 02-01-001194-15/00, hoy Causa Nº 176/2017, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional de la Ciudad de Tres Arroyos – Departamento Judicial Bahía Blanca; y
Considerando
Que la Señora Defensora Oficial Laura Pereyra ha llamado con fecha 19/02/2018 a una Audiencia Conciliatoria en los términos del Artículo 33, inciso 4º de la Ley de Ministerio Público Nº 14.442 de la Provincia de Buenos Aires, en la que estuvieron presentes la defensa oficial, el representante del Ministerio Público Fiscal (UFIJ Nº 17), el Apoderado de la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves en su carácter de Particular Damnificado y la Señora Carmen Haydée Vassolo;
Que en dicha Audiencia se escuchó la opinión de la Señora Vassolo, como asimismo la Defensa Oficial y el Ministerio Público Fiscal expusieron los fundamentos en que se basaría la Conciliación, los que a continuación se extractan;
Que la Señora Defensora basa su pretensión en el Artículo 33 inciso 4º de la Ley de Ministerio Público Nº 14.442 proponiendo a las partes arribar a una Conciliación y poner fin a la participación en la referida causa en lo que hace a su ahijada procesal, Señora Carmen Haydée Vassolo, donde según el Acta se encuentra acreditada la falsificación de las facturas;
Que el Señor Agente Fiscal de intervención presta su consentimiento, teniendo en cuenta que más allá de tener a su criterio acreditada la participación, en algún grado, de la Señora Vassolo en el delito que se investiga y persigue, es de su entender que por la participación que él le endilga a la Señora Vassolo, no tiene acreditado un real perjuicio económico en lo que hace a la participación de la misma en la presente Causa, para la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves, en lo que hace a la utilización de las facturas apócrifas;
Que la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves en su carácter de Particular Damnificado, ha evaluado todo lo expuesto y considera conveniente CONCILIAR en los términos vertidos infra articulado y de acuerdo al ANEXO I que se acompaña, teniendo en cuenta lo que reza el texto de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: CONCILIESE con la Señora VASSOLO Carmen Haydée, basado en los extremos del Artículo 33º, inciso 4º, de la Ley de Ministerio Público Nº 14.442, en la Causa Penal “VASSOLO Carmen Haydée, s/Falsificación y Uso de Documento Público Falso – Causa Nº 176/2017 (numeración en sede Juzgado Correccional) de trámite por ante el Juzgado Correccional con asiento en la ciudad de Tres Arroyos – Departamento Judicial Bahía Blanca, y de acuerdo al modelo de Acta que como ANEXO I pasa a formar parte del presente Decreto.-
ARTICULO 2º: Déjese establecido que deberán proseguir las actuaciones penales en ambas sedes (Instrucción y Juicio) a fin de identificarse los actores materiales e intelectuales, del hecho de falsificación de instrumento público, que se encuentra acreditado en autos según se acta de conciliación.-
ARTICULO 3º: Poner en conocimiento de la Fiscalía Penal, el requerimiento formulado por el Honorable Tribunal de Cuentas que forma parte del presente como Anexo II, donde se le solicita a este Municipio la percepción de las sumas adeudada por IOMA, por la refacturación efectuada, como consecuencia de la emisión de facturas apócrifas.-
ARTICULO 4º: Poner en conocimiento de la Fiscalía Penal las gestiones realizadas ante IOMA (conforma lo requerido por el HTC), que como Anexo III forma parte del presente, con el fin de reclamar y recuperar las sumas adeudadas por la refacturación de las facturas apócrifas confeccionadas.-
ARTICULO 5º: Poner en conocimiento de la Fiscalía Penal la Resolución General de la AFIP Nº 3665/2014, donde surge que se debería haber requerido a dicho Organismo la autorización a efectos de realizar la impresión de los formulario de facturación.-
ARTICULO 6º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-