Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 113/26
Balcarce, 13/08/2026
VISTO:
El Expediente N° 4049/B/2021, mediante el cual se tramita la propuesta de cancelación de la Contribución Obligatoria mediante la transferencia al patrimonio municipal de los inmuebles identificados catastralmente como lotes 20 y 21 de la Manzana 9b, y;
CONSIDERANDO:
Que la propuesta presentada contempla la transferencia de dominio a favor de la Municipalidad de los citados inmuebles en concepto de pago de la Contribución Obligatoria prevista en la normativa urbanística vigente.-
Que la Dirección de Recursos de ARBal ha determinado el monto de la Contribución Obligatoria en la suma de PESOS VEINTITRÉS MILLONES ($23.000.000).-
Que la Oficina de Tasaciones Municipales efectuó la valuación técnica de los inmuebles ofrecidos, estableciendo un valor estimado de PESOS ONCE MILLONES ($11.000.000) para cada uno de ellos, totalizando PESOS VEINTIDÓS MILLONES ($22.000.000). -
Que, si bien existe una diferencia nominal entre la valuación técnica de los inmuebles y el monto de la obligación, corresponde analizar la operación desde una perspectiva de conveniencia económica integral para el Municipio.-
Que la valuación técnica constituye un valor de referencia, mientras que el valor definitivo que puede obtener el Municipio dependerá de las condiciones de comercialización al momento de su eventual disposición.-
Que los inmuebles que se incorporan al patrimonio municipal podrán ser enajenados mediante los procedimientos legalmente previstos, tales como venta directa, licitación o subasta pública, pudiendo obtenerse valores iguales o superiores a los considerados en la tasación.-
Que, en consecuencia, la incorporación de dichos bienes al patrimonio municipal no implica un perjuicio económico para la Administración, sino que representa la adquisición de activos con aptitud para generar recursos futuros y fortalecer el patrimonio del Estado Municipal.-
Que resulta conveniente para el interés público aceptar la propuesta formulada, por cuanto permite satisfacer la obligación mediante bienes inmuebles cuya realización futura podrá compensar la diferencia nominal existente e incluso producir un mayor beneficio económico para el Municipio.-
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la aceptación de bienes inmuebles en cancelación de obligaciones, conforme las atribuciones conferidas por la normativa vigente.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a aceptar, en concepto de cancelación de la Contribución Obligatoria correspondiente al expediente de referencia, la transferencia a favor de la Municipalidad del dominio de los inmuebles identificados catastralmente como Lotes 20 y 21 de la Manzana 9b, conforme los antecedentes obrantes en el expediente.-
ARTÍCULO 2.- Establécese que la aceptación de los inmuebles se fundamenta en la conveniencia económica para el Municipio, conforme el informe emitido por la Oficina de Tasaciones Municipales y las constancias incorporadas al expediente, no configurándose perjuicio patrimonial para la Administración Municipal.-
ARTÍCULO 3.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir toda la documentación necesaria para instrumentar la transferencia de dominio, realizar las inscripciones registrales correspondientes y efectuar los actos administrativos tendientes al cumplimiento de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 4.- Los inmuebles incorporados al patrimonio municipal podrán ser destinados a fines públicos o enajenados por los procedimientos legalmente establecidos, de acuerdo con las necesidades y conveniencia de la Administración Municipal y la normativa vigente.-
ARTÍCULO 5.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los trece días del mes de agosto de dos mil veintiséis.- FIRMADO: Agustín Cassini- PRESIDENTE - Mercedes Palmadés - SECRETARIA