Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0986/26

Decreto Nº 0986/26

Coronel Pringles, 24/06/2026

Visto

el Expediente N° 2.337/24, iniciado por la Directora del Hospital Municipal “Manuel B. Cabrera”; y

Considerando

Que mediante el mismo a fs. 48 y 49, solicitan que se evalúe la posibilidad de proceder al pago a contraprestación de factura correspondiente del tratamiento que se le realiza en forma periódica la paciente Orellano Juliana Ornella, D.N.I. N° 55.812.966, quién presenta diagnóstico de Trastornos Específicos del Desarrollo, del Habla y del Lenguaje, Retardo del Desarrollo, y convulsiones, la niña se encuentra medicada en forma permanente;

Que la paciente posee Certificado Único de Discapacidad, comenzando con su tratamiento en el mes de febrero de 2023, con la Terapista Ocupacional, Lic. Carassou Florencia, con una frecuencia de dos veces por semana con un valor unitario de $32.000,00, los pagos se realizarán contra entrega de la factura correspondiente y previa certificación de los directores del área;

Que se rectifica la contratación es desde el 01/07/26 y hasta 31/12/26;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°: Autorícese a la Contaduría Municipal a efectivizar los pagos de las prácticas médicas realizadas desde el 01/07/26 y hasta el 31/12/26 a la niña ORELLANO Juliana Ornella, D.N.I. N° 55.812.966, las mismas serán a cargo de la Lic. Terapista Ocupacional CARASSOU Florencia, con una frecuencia de dos veces por semana, con un valor unitario de PESOS TREINTA Y DOS MIL ($32.000,00), en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

ARTÍCULO 2º: Autorícese a la Contaduría Municipal a atender el gasto indicado en el artículo precedente por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 23.00.00 “Emergencias Médicas Sociales”, Partida 5.1.4.0 “Ayuda Sociales a Personas”, “Fuente de Financiamiento 110 - “Tesoro Municipal”. Los pagos se realizaran contra entrega de la factura correspondiente y previa certificación del área.

ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 0986/26.