Boletines/Daireaux
Decreto Nº 656/2026
Daireaux, 18/06/2026
SUBSIDIO ESCUELA TECNICA
Visto
Lo actuado por Expediente Nro. 4022-17.826/2026, y
Considerando
Que el mismo inicia con nota presentada por la Escuela Tecnica N°1 Limitada a Fs. 1 solicitando un aporte municipal para participar en los juegos bonaerenses 2026 en la disciplina robótica para armar un prototipo tipo Sumo por parte de alumnos del establecimiento mencionado;
Que el Registro de Entidades de Bien Público certifica a Fs. 03 que se trata de una Entidad de Bien Público que cumple en tiempo y forma con la presentación de la documentación que mantiene en vigencia su registro, tal lo establecido en el Articulo 4º y 5º de la Ordenanza Nº 326/91; interviniendo la Contaduría Municipal y asignando la Partida Presupuestaria de atención del gasto en Fs. 5;
Que el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad establece que “Toda entidad ajena a la comuna que reciba de ésta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio, queda obligada a rendir cuentas de las mismas. Las rendiciones se instrumentarán con documentos o, en su defecto, con balances donde conste el ingreso y la inversión o destino de los fondos recibidos”;
Que a su vez el Articulo 132º de la citada norma dispone “La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a las entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios. La Contaduría observará y no dará curso a disposiciones del D. E. que ordenen nuevas entregas mientras subsista la causal señalada. En caso de insistencia del D.E., éste será responsable”;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Otorgase a la ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA TECNICA N°1– Entidad de Bien Público Nro. 37/1995 - la suma de Pesos setecientos treinta mil ($ 730.000.00) en concepto de subsidio destinado a armar el prototipo tipo Sumo para juegos bonaerenses 2026 por el cual alumnos de la institución participaran en los juego bonaerenses 2026 en conjunto con el área de deportes en la disciplina robótica, de acuerdo a lo actuado por Expediente Nro. 4022-17.826/2026.---------------------------
ARTICULO 2º. Por Tesorería Municipal, previa intervención de la Contaduría Municipal, líbrese el cheque conforme lo establece el Artículo 1º del presente Decreto.----------------
ARTICULO 3º. El gasto que ello demande se atenderá con cargo a la partida presupuestaria del Presupuesto de Gastos 2026, que fuera comunicada por la Contaduría Municipal en Expte. 4022-17.826/2026: -----------------------------------------------------------------
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaria de Gobierno. –
Programa: 23.01.00.-
Partida: 5.1.5.0. - “Transferencias”.-
Fuente de Financiamiento: 132 Origen Provincial.-
ARTICULO 4º. La entidad beneficiaria deberá confeccionar y elevar en un plazo no mayor de quince (15) días de recibido el beneficio a que se da lugar por el presente, la correspondiente rendición de cuentas de la inversión del subsidio recibido, debiendo presentar documentación veraz y que cumpla con los requisitos legales, en el marco de lo establecido en el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, firmada por el Presidente y Tesorero de la Entidad, caso contrario constituye causa para privar a la institución de percibir nuevos beneficios.--
ARTICULO 5º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.---------------------------------