Boletines/Trenque Lauquen

Resolución Nº113/2026

Resolución Nº 113/2026

Trenque Lauquen, 10/06/2026

Visto

Las deudas generadas por el incumplimiento en el pago de tasas municipales, correspondientes a los inmuebles ubicados en el partido de Trenque Lauquen; y,

Considerando

Que el Departamento Ejecutivo en defensa de los intereses comunales, ha procedido a la intimación de deudas, con resultado negativo hasta la fecha.

Que, en consecuencia, corresponde iniciar el cobro judicial de las deudas mediante el procedimiento prescripto para el juicio de apremio, conforme a los art. 107, 108 inc. 12, 117, 177 y concordantes de la ley Orgánica de Municipalidades.-

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias:
EL INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN
R E  S  U  E  L  V  E :
 

ARTÍCULO 1º.-  Iníciese JUICIO DE APREMIO contra el/los contribuyente/s y/o poseedor/es y/o propietario/s de los inmuebles, designados con la partida, 30207 (PORTELA GUILLERMO JONATAN), 30208 (GIMENEZ VICTOR EDGARDO), 13046 (GIRALDEZ ADRIANA INES), 1015 (VINCENT CARLOS SEBASTIAN Y VINCENT SUSANA CLARA), 30195 y 30196 (HERNANDEZ PATRICIO AGUSTIN, HERNANDEZ FABRICIO, HERNANDEZ MARIELA EVANGELINA, HERNANDEZ MARIA GABRIELA), 21321 (ANTONIO JOSE LORENZO), 18305 (CHURRUCA ABEL HORACIO), 17103 (SUCESORES DE ADRIEL ANGEL ROBERTO Y FITTANTE MARIA DEL CARMEN), 8137 (ABARCA MARTIN, ABARCA JULIO), 24332 (CASTAÑEDA ROSENDO), 9585 (PEREZ FRANCISCO JOSE), 21388 (ROMERO CARLOS HUGO Y ZABALA ELVIRA), 5116 (FAJARDO JORGE ENRIQUE), 20572 (CARENA JUAN PEDRO Y LEMOS DOMINGA MARCELINA), 4749 (CUSCUETA VICTORIANO), 29158 y 29159 (GARCIA ENRIQUE EDUARDO Y GARCIA ESTELLA MARIS), 5256 (SUCESORES DE GALLO PONCIANO), 20382, 20384, 20377, 20378 y 20379 (GORTARI FERMIN, GORTARI FRANCISCA, GORTARI WIRZ EMILIA, GORTARI WIRZ TOMAS), 1063 (RAMOS MIGUEL AMADO Y RAMOS HECTOR OMAR), del Partido de Trenque Lauquen, por las deudas que mantienen dichos inmuebles en concepto de tasa de ABL y/o Servicios Sanitarios y/o Pavimento y/o Contribución por Mejoras y/o Red Vial.-

ARTÍCULO 2º.- La Dirección de Fiscalización, procederá a bloquear las cuentas por tasas y contribuciones por mejoras de los inmuebles mencionados en el Artículo 1° del presente.-

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido Archívese. –

 
 

Cdor. Alfredo L. Zambiasio

Secretaria de Hacienda

Municipalidad de Trenque Lauquen

 

Francisco Recoulat

Intendente

Municipalidad de Trenque Lauquen