Boletines/Tres de Febrero
Decreto Nº 721/17
Tres de Febrero, 14/07/2017
Visto
El expediente Nº 4117-26888-2017 en virtud del recurso jerárquico interpuesto por el ex agente Zulema Yolanda Fernández (Legajo Nº 12464) contra el Decreto Municipal Nº 657/17, la Ley Orgánica de las Municipalidades aprobada por Decreto Ley Nº 6769/1958 , la Ley 14.656 Régimen Marco de Empleo Municipal, la Ordenanza General 267/80, el Decreto Nº 657/17, y;
Considerando
Que en los hechos, la recurrente rechaza el acto administrativo de su baja, por haber finalizado su prestación de servicios a partir del 01/07/2017 , conforme lo establece el Decreto 657/17 de fecha 27/06/2017;
Que el Decreto Nº 657/17 tiene por objeto la baja por finalización de prestación de servicios del ex agente ZULMA YOLANDA FERNÁNDEZ a partir del 01-07-2017 ;
Que en lo formal la presentación del ex agente encuadra en lo dispuesto por el Artículo 88 y 92 de la Ordenanza General 267/80;
Que se encuentra agregada la Cédula de Notificación del Decreto 657/17 donde se dispuso su baja por haber finalizado su prestación de servicios. En dicha cédula, el agente notificador, Eduardo lturrieta, informó que la misma se notificó con fecha 30-06- 2017;
Que la cédula mencionada fue librada al domicilio declarado por el ex agente en su Legajo Personal, conforme el Artículo 12, Inciso "k", del Estatuto Básico para el Personal Municipal del Partido de Tres de Febrero que en su parte pertinente expresa lo siguiente: "k) Declarar su domicilio, el que subsistirá a todos los efectos legales, mientras no se denuncie fehacientemente otro nuevo";
Que del legajo personal de la Sra. Fernández surge que su contratación encuadra en la categoría "mensualizada", conforme al Art. 111 de la Ley 14.656, que reza en su parte pertinente: "(...) son aquellos trabajadores necesarios para la ejecución de servicios, explotaciones, obras o tareas de carácter temporario o eventual o estacional, que no puedan ser realizados con personal permanente de la administración municipal
Que la baja del agente se encuentra amparada por un lado en el Artículo 118 de la citada ley que establece que "(...) el personal temporario podrá ser dado de baja cuando razones de servicio así lo aconsejen o cuando incurra en abandono de su cargo sin causa justificada ", y por otro lado, en el Artículo 119 que reza: " Cualquiera fuere el motivo de la baja, ésta deberá decidirse por acto expreso, fundado y emanado de la autoridad de aplicación que corresponda según fuere la jurisdicción .". Cumpliéndose esta disposición con la tramitación del Expediente 4117-26462-2017 y su consecuente publicación del Decreto 657/17 de fecha 27/06/2017;
Que consiguientemente, la presentación efectuada por el ex agente FERNÁNDEZ, en lo que respecta al recurso interpuesto debe ser rechazado en su totalidad;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Legal y Técnica de la Municipalidad de Tres de Febrero;
Por ello en virtud de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades;
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA
ARTICULO 1°.- No hacer lugar al recurso jerárquico interpuesto por el ex agente ZULEMA YOLANDA FERNÁNDEZ, contra el Decreto 657/ 17.-
ARTICULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario General .-
ARTICULO 3º . - Regístrese. Pase al Área de Recursos Humanos a fin de notificar a la causante del presente decreto, con entrega de copia, haciendo expresa mención que queda expedita la vía judicial. Cumplido , archívese .-