Boletines/Lobería
Decreto Nº 1442-26
Lobería, 26/08/2026
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto Nº 114/26; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Amezcua, ubicada en calle Guido N° 15 de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quien tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el titular de la referida dependencia ING. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 114/26, para realizar trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 19 de agosto de 2026;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto Nº 114/26, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Amezcua, ubicada en calle Guido N° 15 de esta ciudad, a partir del 19 de agosto de 2026:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO LEGAJO
CARDOSO, ENZO DAMIÁN 36.387.647 2.169
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
2 bocas de luz embutidas $ 44.969,76
Tendido de cable subterráneo $ 93.023,20
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CIENTO TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 137.992,96.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CIENTO DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 118.673,95.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 16.559,16. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.