Boletines/Campana

Decreto Nº732/26

Decreto Nº 732/26

Campana, 07/08/2026

Expediente Municipal N° 4016 - 41342 -2017 Cpo 12 Retiro Voluntario Sr. CARRANZA Hector Damián

Visto

El Decreto-Ley 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017; la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Expediente Municipal N° 4016 - 41342 -2017 Cpo 12; y

Considerando

Que obra Solicitud mediante la cual el agente, Sr. CARRANZA Hector Damián, ha solicitado la adhesión al Régimen de Retiro Voluntario implementado para el personal de la Municipalidad del Partido de Campana mediante Decreto Nº 0661/2017 (t.v.), con arreglo a lo determinado en el Artículo 98 de la Ley Provincial Nº 14.656.

Que el nombrado agente, a través del Acta Acuerdo celebrada entre el mismo y este Municipio, ratificó ante la Delegación Regional de Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, su voluntad de rescindir el Contrato de Trabajo que mantiene con esta Comuna, desde el 22 de julio de 2026.

Que, según las Cláusulas Primera y Segunda de dicha Acta, se ha llegado a acordar  que la Municipalidad le otorgaría la suma total de PESOS CATORCE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 06/100 CENTAVOS ($14.624.769,06) a abonar en cuatro (4) pagos de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y DOS CON 26/100 CENTAVOS ($ 3.656.192,26) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 21 de agosto, 18 de septiembre, 16 de octubre y 13 de noviembre de 2026.

Que, por realizarse el pago a través de la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, se debe depositar el nueve por mil (9 ‰) de la suma indemnizatoria en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Que a tal fin se informa la afectación presupuestaria que se debe asignar a la erogación, contando con el aval de la Secretaría de Economía y Hacienda.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Artículo 108º del Decreto - Ley 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/2017, y dentro de lo contemplado en el Artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1°.-   Acéptase, con retroactividad al 22 de julio de 2026, el retiro voluntario solicitado por el Sr. CARRANZA, Hector Damián (D.N.I. Nº27.650.019) legajo  personal  Nº  5251,  quien  revista  en  la  Planta  Permanente de  Personal,  como Servicio III (Operario) – Clase III, con 48 horas semanales de labor, dependiente de la Subdirección de Jardines, Parques y Paseos, Dirección de Espacios Públicos, Dirección General de Espacios y Servicios Públicos, Secretaría de Espacio Público y Descentralización, Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 2°.-   Concédase en virtud de lo previsto en la Cláusula Primera del Acta  Acuerdo, celebrada el 22 dia de julio de 2026 entre el Sr. CARRANZA, Hector Damián y este Municipio, con carácter de única y total indemnización, la suma total de PESOS CATORCE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 06/100 CENTAVOS ($14.624.769,06) a abonar en cuatro (4) pagos de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y DOS CON 26/100 CENTAVOS ($ 3.656.192,26) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 21 de agosto, 18 de septiembre, 16 de octubre y 13 de noviembre de 2026.-

ARTÍCULO 3°.-   Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires, el nueve por mil (9 ‰) de la suma mencionada en el Artículo 2º, en concepto de arancel por la actuación administrativa realizada por la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de la celebración el Convenio arribado entre el agente mencionado en el Artículo 1º y este Municipio.-

ARTÍCULO 4°.-  Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1º se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110125000 – Secretaria de Espacio Público y Descentralización, del Presupuesto General de Gastos para el año 2026.-

ARTÍCULO 5°. - Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 6°.-   Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese y archívese.-